El proceso de
destrucción de puestos de trabajo que se ha puesto en marcha
en España a partir del desplome del andamiaje financiero que
sostenía la economía mundial ha sido extremadamente rápido y
extenso. A toda velocidad caminamos hacia los tres millones
de parados. En el camino, muchas empresas proceden a
despedir como primera reacción frente a las dificultades
económicas que se les suscitan, como acto reflejo que los
grandes constructores de la opinión pública consideran el
efecto natural de los movimientos del mercado. Esa reacción
no es sin embargo aceptable ni en términos políticos ni en
términos organizativos de la producción. Se están repitiendo
varios patrones de conducta que implican la elusión
consciente de la regulación jurídica de las crisis laborales
en las que se respeten de manera coherente tanto la
estabilidad económica de las empresas como los derechos de
los trabajadores.
En empresas de tamaño medio, dedicadas a la prestación de
servicios informáticos a otras empresas, o a poner en
práctica sistemas de información y de comunicación, la
crisis se experimenta mediante el desplazamiento del riesgo
a los trabajadores. Es ya una práctica recurrir a despidos
individuales disciplinarios que se reconocen improcedentes y
se hacen acompañar de una indemnización además de la
inmediata inscripción en el desempleo del trabajador cuyo
puesto de trabajo se ha eliminado. Estas prácticas vulneran
directamente la ley, puesto que el número de despedidos en
relación con la plantilla de la empresa y la inexistencia de
la causa alegada en el despido disciplinario, deberían
implicar la iniciación de un expediente de regulación de
empleo o, en su defecto, acudir a la vía del despido
objetivo bajo control judicial. Las empresas no lo hacen
porque cualquier control pondría de manifiesto que no hay
una causa económica real, que la estabilidad económica de la
empresa no ha sido afectada de manera grave ni crítica y que
en definitiva se prescinde de puestos de trabajo para
mantener y en algunos casos aumentar el beneficio
empresarial. Se trata de prácticas fraudulentas posibles
porque la implantación sindical en estos sectores es débil y
porque no existe ningún control público de las decisiones
empresariales extintivas de carácter individual al formar
parte del ámbito protegido de la “flexibilidad” del despido
que está permitiendo, de hecho, la descausalización del
mismo y su plena libertad de ejercicio para los empresarios,
dotados, como un agente 007 en el mercado laboral, de
licencia para despedir. En estos casos, el poder público
debería saber que mediante tales prácticas los empresarios
se desprenden de trabajadores con una cierta calificación,
descapitalizando sus propios proyectos empresariales sobre
la base de mantener intangible la lógica de sus beneficios,
a costa de desplazar al gasto público la obligación de
proteger socialmente a estos cada vez mayores contingentes.
Si hubiera voluntad política – de la que parece carecer el
flamante Ministerio de Trabajo e Inmigración, sólo
preocupado al parecer por la segunda de sus competencias -,
sería extremadamente sencillo elaborar un protocolo de
vigilancia de las inscripciones en el sistema de empleo de
trabajadores despedidos provenientes de la misma empresa, y
que la Inspección de Trabajo actuara de oficio denunciando
estos comportamientos de fraude de ley.
Esta forma de actuar se ha trasladado también a las grandes
empresas, que abordan con despidos masivos las primeras
muestras de estancamiento en sus expectativas de beneficios.
Despreciando las técnicas que el ordenamiento jurídico
español prevé para amortiguar los efectos de la crisis sobre
las empresas y desplegar en el tiempo sus efectos más
nocivos – como el procedimiento de suspensión colectiva de
contratos de trabajo en los casos de crisis económica –
estas empresas reaccionan frente a la previsible disminución
de sus por otra parte exorbitantes beneficios con la
destrucción masiva de empleo. No existe ciertamente una
causa económica suficiente que habilite esta carnicería
laboral, pero la emplean prepotentemente como muestra de la
forma violenta e injusta que tienen de resolver cualquier
conflicto que limite o restrinja sus beneficios anuales de
al menos dos cifras. Las empresas que emprenden este camino
de violencia económica se benefician en este caso de una
suerte de inmunidad en el campo de la opinión pública donde
se insiste en convencer a los ciudadanos que esa es la
lógica inevitable en las relaciones laborales. Sin embargo
los poderes públicos deben tutelar el derecho al trabajo y
regular consecuentemente los flujos de empleo en el mercado
de trabajo sobre la base del respeto a este derecho básico
que requiere una motivación razonable para su ablación por
los poderes económicos. La regulación del empleo es un
elemento propio de la civilización democrática, y las reglas
que la inspiran, junto con la actuación decisiva de los
sindicatos en el gobierno de esta situación de crisis,
forman parte de las reglas del juego, que nunca pueden
resumirse en la resolución autoritaria y prepotente del
conflicto, incompatibles con una situación democrática.
Es necesario por consiguiente denunciar y poner fin a esas
conductas que implican fraude a la legalidad laboral y que
evidencian la desvergüenza del poder económico concebido
como un tótem cruel que nadie puede desafiar. Sólo un
ejemplo bien sintomático, que funciona como un cuento de
Navidad. En la regulación de empleo de una conocida empresa
de telecomunicación cuya estabilidad económica no está
realmente puesta en entredicho y que pese a ello ha decidido
proceder a despidos masivos de su plantilla, se ha
propuesto, como un gesto entrañable “de buena fe”, suprimir
la fiesta de navidad y el regalo correspondiente a los
empleados de la misma para así aumentar un día más de
salario de indemnización sobre los 20 por año que propone la
empresa para los mas de mil trabajadores despedidos. Con
ello esta firma, quizá sin ser muy consciente de ello,
regala por navidad despidos, aunque a los trabajadores
eliminados les premia con un día adicional en su
indemnización. Toda una lección sobre el uso de la fuerza de
trabajo y su carácter desechable por unos dirigentes
empresariales que probablemente celebrarán las fiestas en el
calor de la familia, con la despreocupación que les da el
dinero y la convicción de que bajo el árbol de navidad no
encontrarán nunca una carta de despido.
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Antonio Baylos
Catedrático de Derecho del Trabajo
y de la Seguridad Social de la Universidad de Castilla La
Mancha