"Que
se incluya la palabra cadena
perpetua en el Código
Penal". "La cadena perpetua
habría evitado muchas
muertes". "Hace falta un
referéndum". "Si hay que
cambiar la Constitución, que
se cambie". Los padres de
Marta del Castillo, la joven
asesinada en Sevilla por un
ex novio, y los de Mari Luz,
la niña muerta a manos de un
pederasta en marzo del año
pasado, han abierto de nuevo
el debate sobre la necesidad
de incluir la cadena
perpetua en la ley. Una vez
más, se alzan voces quejosas
por la benevolencia del
sistema penal español. Sin
embargo, la benevolencia no
es tal. El Código Penal de
1995, sus sucesivas reformas
y su aplicación han supuesto
que España tenga uno de los
porcentajes más altos de
presos en toda Europa; que
los internos cumplan
prácticamente toda su pena
dentro de la cárcel y que
haya, de hecho, una cadena
casi perpetua, de 30 o 40
años.
¿Cómo
se alienta la polémica? El
tratamiento mediático del
brutal asesinato de Marta
del Castillo -con menores
acudiendo al plató para dar
detalles del suceso y un
seguimiento desmesurado del
caso- ha provocado intensos
y constantes debates por
parte de todo tipo de
tertulianos en programas del
corazón que se erigen en
expertos legales y asientan
en la opinión pública la
falsa creencia de que los
presos en España apenas
pasan tiempo en la cárcel. Y
no son sólo los tertulianos
los que inducen al error.
También los políticos
contribuyen a ello. El
presidente Zapatero recibió
ayer al padre de Marta del
Castillo y le aseguró que
apuesta y trabaja por el
cumplimiento íntegro de las
penas, aunque matizó que una
pena de 30 años, ya prevista
en la ley, es "como si fuera
una cadena perpetua". El
presidente del PP, Mariano
Rajoy, abogó en un acto
electoral en Galicia por el
endurecimiento de las penas
en casos de crímenes contra
menores, por el cumplimiento
íntegro de las condenas para
los asesinos y por la
revisión de los beneficios
penitenciarios, medidas que
su grupo presentará en el
Congreso en forma de
proposición no de ley. Rajoy
explicó además que esta
iniciativa se presenta por
el asesinato de Marta del
Castillo, al igual que ya se
había hecho anteriormente en
el caso de la niña Mari Luz.
Una vez más, se asoma el
peligro de legislar a golpe
de suceso.
A
pesar de la convicción
contraria de parte de la
opinión pública, lo cierto
es que las leyes penales
llevan endureciéndose sin
pausa desde principios de
los noventa, como explica el
profesor de Derecho Penal de
la Universidad Autónoma de
Barcelona José Cid en El
incremento de la población
reclusa en España entre 1996
y 2006. La Constitución
de 1978 obliga a que las
penas estén orientadas
"hacia la reeducación y
reinserción social",
incompatible con meter a
alguien en la cárcel el
resto de su vida, pero el
Código Penal de 1995 prevé
en estos momentos penas muy
largas: de 30 años si el reo
ha sido castigado por dos o
más delitos y alguno de
ellos tiene prevista una
pena de más de 20 (como el
asesinato) o de 40 años si
al menos dos de los delitos
cometidos tienen una pena de
más de 20. También se puede
castigar con 40 años de
cárcel la comisión de dos o
más delitos de terrorismo.
Las
penas son largas, pero ¿se
cumplen o salen los presos
enseguida a la calle? Las
estadísticas contradicen
esta creencia popular. El
número de personas
encarceladas aumentó un 43%
en apenas 10 años, entre
1996 y 2006. Y este dato no
supone, según los estudios
del profesor de Derecho
Penal José Cid, que entren
más personas en prisión,
sino que pasan más tiempo
dentro. El tiempo medio de
estancia en prisión casi se
ha duplicado desde la
entrada en vigor del nuevo
Código Penal. Pasó de 9
meses en 1996 a 16 meses en
2004. La razón: el
incremento de la duración de
las condenas, la abolición
de la redención de penas por
el trabajo, el poco uso que
dan los jueces a las penas
alternativas y la cada vez
más escasa aplicación de
algunos mecanismos
importantes de reinserción
social como la libertad
condicional.
La
libertad condicional no es
fácil de conseguir en estos
momentos. En 2006 se
concedieron, en proporción
al número de condenados,
menos de la mitad que en
1996. Se ha pasado, en 10
años, de 26 libertades
condicionales por cada 100
condenados a 11. El Código
Penal de 1995 ya endureció
las condiciones para
obtenerla, y en 2003 hubo
una reforma específica para
dificultarla aún más. Como
explica José Cid, "sólo una
minoría de personas, en
torno a una cuarta parte de
la población reclusa
condenada, se beneficia de
los principales instrumentos
de reinserción establecidos
en la ley penitenciaria
mientras que aproximadamente
tres cuartas partes de las
personas extinguen su pena
sin que exista un regreso
escalonado a la comunidad".
En
países de nuestro entorno
como Francia, Reino Unido,
Italia, Holanda o Alemania,
donde se supone que existe
la cadena perpetua, en
realidad es una pena que se
puede -y debe- revisar y que
difícilmente dura más de 30
o 40 años. "Nominalmente
ellos tienen cadena perpetua
y nosotros no", explica el
magistrado de la Audiencia
Nacional Ramón Sáez. "Pero
el cumplimiento efectivo de
las penas al final es mayor
en España que en muchos de
estos países, porque aquí no
hay revisión posible de la
condena impuesta".
En
Italia, por ejemplo, a los
26 años se examina el caso
para ver si la persona debe
seguir en prisión. En
Alemania, la condena tiene
que revisarse a los 15 años,
tras los cuales se podría
conceder la libertad
condicional -la media de
cumplimiento de este tipo de
pena era de 19 años en
1998-. En Francia también
existen varias posibilidades
para analizar la situación
del reo después de los
primeros 15 años, y Reino
Unido y Holanda también
tienen mecanismos de
revisión que, en la
práctica, hacen muy inusual
que una persona pase en la
cárcel hasta el fin de sus
días.
En
España no ha habido nunca
cadena perpetua en los
tiempos modernos. Lo que sí
hubo, durante el franquismo,
fueron penas muy largas, de
hasta 40 años. "Eran tan
brutales que eran imposibles
de cumplir", explica Joan
Queralt, catedrático de
Derecho Penal de la
Universidad de Barcelona.
"Después de la Guerra Civil
éste era un país
depauperado, sin dinero para
cárceles y más de 150.000
presos. Por eso se
inventaron cosas como la
redención de penas por el
trabajo, para aligerar el
sistema. Al final, por la
necesidad de flexibilizar,
la gente cumplía la mitad
del tiempo. El Código de
1995 vino a poner coto a
esto, y a la arbitrariedad.
El Estado democrático pone
la pena que considera justa
y la hace cumplir".
Durante el periodo
constituyente se excluyó la
pena de muerte y también, a
través de la necesaria
reinserción de las penas, la
cadena perpetua. El Derecho
Penal dejaba de ser un
modelo de venganza para
recuperar al delincuente. Se
excluían las medidas
definitivas y absolutas, y
los primeros borradores del
Código hablaban de límites
de 15 o 20 años de la pena
de prisión. Sin embargo, a
lo largo de los años, y
muchas veces para contentar
a una sociedad consternada
por el terrorismo o por
asesinatos y violaciones
salvajes, se fueron
endureciendo las penas hasta
llegar a los actuales 40
años.
"Ya es
discutible que el actual
cuadro de sanciones sea
constitucional", opina
Octavio García, profesor de
Derecho Penal de la
Universidad de Málaga. "En
España no hay un grave
problema de inseguridad. No
es un problema real. Sin
embargo, abrimos
permanentemente un debate
que siempre acaba con la
petición de sanciones más
graves porque las víctimas
se arrogan el derecho a
decidir cómo deben
resolverse los conflictos".
"A los padres que sufren
estas tragedias hay que
darles todo lo que pidan,
pero no convertirlos en
portavoces de la opinión
pública", coincide el
magistrado Sáez. "No tiene
sentido que los políticos se
presten a esto ni que se
legisle así. Lo que hay que
hacer es pedagogía".
Frente
a algunos
constitucionalistas y
penalistas que afirman que
una cadena perpetua
revisable cada cierto tiempo
encajaría perfectamente en
nuestra Constitución, porque
permitiría verificar la
reinserción del delincuente
y cumplir así con el
artículo 25 de la Carta
Magna, el profesor García
señala que "la cadena
perpetua no es eficaz y
atenta contra la dignidad
humana". "El Estado castiga
a gente que ha cometido
actos inhumanos con
sanciones inhumanas. El
debate que debería abrirse
es otro: averiguar y
examinar las causas de la
delincuencia", concluye.