Margarita
Xirgu era un icono del teatro,
un meteorito que horadó el
casticismo de las tablas con su
apuesta por la vanguardia
europea. Para media España, un
símbolo del compromiso de una
generación de artistas de
entreguerras. Para la otra
media, una roja con un pasado
que expiar. El expediente de la
actriz es uno de los 36.018
resueltos hasta noviembre de
1941 por los 18 tribunales
regionales de responsabilidades
políticas, creados para castigar
a los perdedores de la Guerra
Civil por su ideología, a golpe
de multas e incautaciones.
Por ellos
desfilaron desde presidentes de
la República como Manuel Azaña o
Niceto Alcalá Zamora hasta
insignificantes militantes de
partidos del Frente Popular que
alguien ponía en la diana del
tribunal. Daba igual que el
procesado estuviese en España o
en el exilio; daba igual que
estuviese vivo o muerto. En el
peor de los casos, la familia
pagaba el ajuste de cuentas. Así
que Xirgu, de notoria afinidad
republicana, no se libró de esta
persecución, que comenzó
mientras ella estaba de gira en
México. "Es persona de
izquierda, figurando afiliada en
Izquierda Republicana. En
octubre de 1934 tuvo oculto en
su casa a Manuel Azaña, del que
era íntima amiga, así como de
Marcelino Domingo
[ministro
de Instrucción Pública]. Le
cogió el Movimiento Nacional en
el extranjero, no habiendo
regresado a su patria,
dedicándose a realizar
propaganda roja en festivales,
representaciones teatrales y
giras. Protege a los elementos
marxistas en una finca que ha
adquirido en Chile".
Por tales
"hechos graves", el Tribunal
Regional de Responsabilidades
Políticas de Barcelona le
confiscó todos sus bienes en
1941, la inhabilitó para ocupar
cargos "de toda clase" a
perpetuidad y la condenó al
destierro, también perpetuo.
Entre las propiedades incautadas
se incluían tres viviendas en
Barcelona y la casa de Badalona,
donde Azaña se había alojado
tras su retención en el puerto
barcelonés en 1934, y por la que
también habían pasado Federico
García Lorca y Jacinto
Benavente.
Margarita
Xirgu jamás regresó del exilio,
a su juicio, el peor de los
males. "Qué sabios eran los
griegos; no te mataban, te
exiliaban", decía la actriz a
menudo, según recuerda su
sobrino-nieto Xavier Rius Xirgu.
No retornó ni siquiera tras la
decisión de la Comisión
Liquidadora de Responsabilidades
Políticas, heredera de los
expedientes políticos, que
aceptó el recurso de la artista
y suavizó el castigo: multa de
2.000 pesetas y devolución en
1949 de los bienes incautados,
incluida la casa de Badalona.
Parte de
este historial de Xirgu figura
entre la documentación
trasladada en diciembre pasado
en 4.221 cajas desde el Archivo
General de la Administración de
Alcalá de Henares (Madrid) al
Centro de la Memoria Histórica
de Salamanca, que el Ministerio
de Cultura convertirá en un gran
archivo de los peores años del
siglo XX. En esas cajas se puede
rastrear buena parte de la
represión política impulsada
desde 1939 gracias al esmero de
la dictadura en dejar huella de
su propio desatino. Entre la
documentación judicial
conservada ahora en Salamanca
hay algunos ejemplos.
Al
socialista Julián Besteiro, que
murió en 1940 en la cárcel de
Carmona (Sevilla), se le condena
un año después de su
fallecimiento a pagar 15.000
pesetas de multa. Absurdo, sí.
Implacable, también. La
represión se heredaba. Entre
otros, le ocurrió a los
familiares de Lluis Companys,
presidente de la Generalitat de
Cataluña. Le mataron tras un
consejo de guerra y
posteriormente todos sus bienes
fueron adjudicados al Estado. En
1948, su hermana Ramona reclamó
la devolución de las
propiedades. En Salamanca se
pueden leer los argumentos que
da la Comisión Liquidadora en
1953 para rechazar esta
petición: "No ha lugar a
devolver a los herederos de Luis
Companys las fincas que fueron
embargadas en pago por la
responsabilidad civil declarada
contra el mismo por la
realización de actos contrarios
al Movimiento Nacional".
Uno de los
pocos cargos republicanos al que
se le archiva el expediente de
responsabilidades políticas es
Alejandro Lerroux, presidente
del Gobierno y ministro en
varias ocasiones. Nada más
comenzar la Guerra Civil, se
refugió en Portugal para seguir
los acontecimientos con la
tranquilidad de una frontera de
por medio. En 1942, el Tribunal
Regional de Responsabilidades
Políticas de Madrid sobresee el
caso y el de ámbito nacional lo
confirma: "Si bien la actuación
política del señor Lerroux
sobradamente conocida no puede
menos de reputarse funesta desde
el punto de vista del Movimiento
Nacional, es indudable que
siendo todos los actos que en
este sentido puedan atribuírsele
anteriores a octubre del 34, en
que precisamente hubo aquél de
enfrentarse contra la subversión
revolucionaria, se hallan
exentos de responsabilidades
políticas, y en cuanto a su
estancia en el extranjero,
constando como constan sus
reiteradas adhesiones a la Causa
Nacional y sus tentativas para
que se autorizase su entrada en
España, es incuestionable que no
puede ser sancionado".
En el
expediente se incluyen
documentos sobre la repentina
devoción de Lerroux hacia los
sublevados, que tal vez le
sirvió para regresar a España
tras el conflicto.
"Excelentísimo señor Alejandro
Lerroux: Su Excelencia el
Generalísimo Franco me encarga
le manifieste que ha recibido su
grata del 18 del actual, en la
que expresa su felicitación por
el aniversario del glorioso
Alzamiento Nacional y su
adhesión a la causa de la
verdadera España", le escribe el
26 de julio de 1937, "segundo
Año Triunfal", el teniente
coronel ayudante-secretario del
Jefe de Estado y Generalísimo de
los Ejércitos Nacionales desde
Salamanca, cuartel general de
Franco.
Aquel
mismo año, la abogada Victoria
Kent fue nombrada secretaria de
la embajada española en París.
Tampoco volvió del exilio. Fue
castigada por una doble vía. En
1941, el Tribunal de Represión
de la Masonería y el Comunismo
la condenó a 30 años de cárcel.
Y tres años después, la Sala 2
del Tribunal Nacional de
Responsabilidades Políticas le
impuso una multa de 100.000
pesetas, ya que, después de
investigar su patrimonio,
comprobaron que no existían
"bienes de su pertenencia en
territorio nacional, toda vez
que vivía de sus ingresos en la
profesión y cargos ocupados". El
tribunal considera grave su
militancia en partidos de
izquierda, sus cargos durante la
República (fue directora general
de Prisiones), su dependencia de
la Institución Libre de
Enseñanza y su "colaboración con
los Gobiernos marxistas".
Cipriano
Rivas Cherif, director de la
compañía de Xirgu y cuñado del
presidente de la República
Manuel Azaña, también se
enfrentó a las dos patas sobre
las que caminaba la represión:
la militar, que enviaba a la
cárcel o al otro barrio, y la
política, que cobraba sanciones.
Por el delito de adhesión a la
rebelión, un tribunal militar le
condenó en 1940 a la pena de
muerte, que luego le fue
conmutada. Por su activismo
político, en 1947 le imponen una
multa de 20.000 pesetas.
Previamente le confiscan 6.000
francos suizos. Entre los
delitos políticos del cuñado
de Azaña se citan: "Colaboró
desde su puesto en la Delegación
Permanente Española ante la
Sociedad de las Naciones con la
pretendida labor de prestigiar a
la España marxista y de
conseguir para ella toda clase
de ayudas espirituales y
materiales".
Como las
inquinas de estos tribunales
eran proporcionales a la
responsabilidad desempeñada
durante la República, hay otros
nombres especialmente
emponzoñados en los textos. A
Diego Martínez Barrio, ex
ministro, ex presidente del
Gobierno y ex presidente de las
Cortes, le consideraron "uno de
los principales culpables de
cuantas tragedias han ocurrido
en España tras el 16 de febrero
de 1936". "Fue uno de los que
enardeció a las masas
extraviadas y pervertidas a la
lucha contra las fuerzas
nacionales", reza la sentencia
de noviembre de 1940. Se
incautaron de todos sus bienes y
le condenaron al destierro. A
José Giral, también ex
presidente y ex ministro, le
describen como "testigo
impasible de la inmensa mayoría
de desmanes, depredaciones,
saqueos, robos y asesinatos que
se perpetraron en nuestra patria
por la horda roja". Le imponen
una de las multas más altas (75
millones de pesetas) y 15 años
de extrañamiento [destierro].
No menos
inclementes se muestran con el
moderado Niceto Alcalá Zamora:
"Sus errores, torpezas y
desaciertos fueron en tal número
y magnitud que puede estimársele
como de los principales
responsables por acción y
omisión de haber forjado la
subversión roja, haber
contribuido a mantenerla viva
durante más de dos años y a
estorbar el triunfo providencial
del glorioso Alzamiento". Por su
"animadversión" hacia el
Alzamiento le condenan en 1941 a
50 millones de multa, le
confiscan sus bienes y le
destierran 15 años. Una de sus
hijas, María Teresa, logra que
se revise la sentencia años
después, tras la muerte de
Alcalá Zamora en Buenos Aires en
1949. También aquí, pese a su
fallecimiento, sigue vigente la
obligación de sus herederos de
pagar la sanción (tres millones
de pesetas tras una primera
rebaja, a la que seguirá una
segunda).
A los
exiliados Giral, Martínez Barrio
y Alcalá Zamora les imponen,
además, otra pena de gran
impacto emotivo: proponen que se
les retire la nacionalidad. Al
igual que a Dolores Ibárruri,
Pasionaria, sentenciada en
febrero de 1941 por el Tribunal
Regional de Responsabilidades
Políticas de Madrid con una
prosa que hoy hace reír y
entonces hacía llorar. "Realizó
activa propaganda entre las
masas obreras de las ideas del
llamado Partido Comunista. Uno
de cuyos dirigentes más
influyentes era desde octubre de
1934, llegando a ejercer una
manifiesta influencia en ellas
que aprovechaba para divulgar
ideas disolventes y anárquicas
del mismo. Fue diputado en el 36
por Oviedo. Su intervención en
Cortes se caracterizó por su
manifiesta agresividad oral a
los elementos destacados de las
derechas, evidenciado por la
frase que profirió el 16 de
junio de 1936 al terminar su
discurso Calvo Sotelo. 'Este
hombre ha hablado por última
vez'. Durante el Movimiento
Nacional mostró una oposición
acusada en mítines y arengas en
radio de una audacia y léxico
inconcebibles en persona humana
y menos aún en una mujer".
En vista
de que la investigación de
Dolores Ibárruri desvela un
patrimonio ascético (una casa en
Somorrostro valorada en 3.000
pesetas), el tribunal obvia la
proporcionalidad entre
posesiones y cuantía de la multa
y decide imponerle una sanción
de 25 millones de pesetas, "una
cifra que, absorbiendo bienes
conocidos, alcance a todos los
que pudieran descubrirse o a la
participación que le corresponda
en el botín producto de sus
depredaciones".
El
colapso de la maquinaria
represora
Manuel Álvaro
Dueñas, profesor de
la Universidad
Autónoma, hurgó en
la represión
política mucho antes
de que la memoria
histórica invadiese
el presente. Dedicó
su tesis doctoral a
la jurisdicción
especial de
responsabilidades
políticas en Madrid.
La leyó en 1997 y se
publicó en 2006.
Gracias a su
investigación, se
descubrió el alcance
que habían tenido
esos tribunales en
sus tres primeros
años de vida
(1939-1941): 125.286
expedientes incoados
y sólo 38.000
resueltos. "Carrero
Blanco ordena que se
envíen a la
subsecretaría de la
Presidencia un
estadillo con lo
incoado, lo
pendiente y lo
resuelto. Se dan
cuenta entonces de
que no dan abasto",
expone. Burgos o
Ceuta habían sido
diligentes, pero las
provincias con más
frenesí represor
(Granada, Valencia,
Madrid, Barcelona o
Albacete) apenas
habían resuelto la
cuarta parte de los
asuntos iniciados.
El propio
departamento de
Carrero Blanco
calcula que, si le
suman los nuevos
expedientes que
remitirán otros
tribunales
(militares y de
represión de la
masonería), se
alcanzará como
mínimo los 250.000
expedientes. "De
mantenerse este
ritmo, se tardaría
15 años en liquidar
las
responsabilidades
políticas",
reconocen en una
nota interna. "Les
preocupa modificar
el procedimiento sin
que parezca que dan
marcha atrás, pero
la razón de peso por
la que reforman la
ley en 1942 es que
se ha colapsado la
jurisdicción",
indica Álvaro.
También ayuda otro
colapso: el
económico, derivado
del bloqueo de
millones de cuentas.
Se produce entonces
un archivo masivo de
causas a
republicanos
insolventes o de
poca responsabilidad
y en 1945, se
cancela la
jurisdicción. Los
casos pendientes
pasan a una comisión
liquidadora.
Mientras funcionó,
la jurisdicción
política fue "opaca"
e "inquisitorial",
según Manuel Álvaro.
Tenía un carácter
retroactivo -se
purgaban hechos
cometidos a partir
de 1934-, la
responsabilidad "no
se extinguía con la
muerte" y no se
convocaban vistas
orales. El acusado
sólo podía enviar un
pliego de descargos
a través de un
abogado. "Había 17
causas por las que
incoaban un
expediente, entre
ellas, militar en
partidos del Frente
Popular, ser
dirigente sindical o
haber residido dos
meses fuera de tu
provincia antes del
alzamiento", señala
Fernando Martínez,
catedrático de
Historia
Contemporánea en la
Universidad de
Almería y
coordinador de una
investigación sobre
estos tribunales en
Andalucía. En dos
años de trabajo, los
32 investigadores
que participan en el
proyecto han
examinado 56.000
expedientes (las
mujeres sólo
representan el
4,5%). "El elemento
fundamental es el
botín de guerra",
sostiene Martínez.
"Se consiguió el
objetivo político al
generar un inmenso
censo de rojos,
pero se vio
frustrado el
económico, en gran
medida porque más
del 80% de los
expedientados eran
trabajadores o
pequeños
propietarios con
rentas bajas",
explica Antonio
Barragán,
catedrático de
Historia
Contemporánea de la
Universidad de
Córdoba. Pero con
los afectados no
había piedad:
Barragán ha
encontrado casos en
los que se confisca
"la casa, la ropa,
los aperos y hasta
los utensilios de
cocina".