31 años de Constitución y Estado laico
Francisco Delgado (*)
UCR
6
de Diciembre de 2009
“Está costando construir el estado laico, como soporte
de un estado de derecho y democrático”. Artículo 16.3 de
la Constitución de 1978: “Ninguna confesión tendrá
carácter estatal”. Hay quienes deducen, de forma
interesada, que la constitución proclama la
“a-confesionalidad del estado”, en el intento de restar
fuerza a la separación del estado de las confesiones
religiosas y mantener ciertos privilegios hacia éstas y
en particular hacia la católica. Aun reconociendo la
(calculada) ambigüedad genérica del 16 y del 27 (por
ejemplo). El hecho de que en este mismo párrafo (16.2),
la Constitución proclame “que los poderes públicos
tendrán en cuenta las creencias religiosas de la
sociedad y mantendrán relaciones con una determinada
iglesia y con las demás” no deja de ser un principio de
la libertad de asociación y de pertenencia a grupos
organizados: empresariales, sindicales, religiosos,
sectoriales, etc. o a ninguno, que genéricamente
proclama la Constitución y, por lo tanto, en perfecta
sintonía con el establecimiento de un “estado laico”.
Pero es que, además, el 10.2 y el 14, son una garantía y
un mandato añadido para establecer el “estado laico”.
Sin embargo 31 años después de aprobada la Constitución,
hay signos y evidencias que nos sitúan en la órbita de
lo que se puede considerar un “estado confesional”, con
la “coartada” de que pertenecemos a la “santa tradición
católica”. La imposición a la fuerza de la “teocracia
católica” en España durante 15 siglos, (desde el
Concilio de Toledo del año 589, hasta la dictadura
nacional-católica que impuso el general Franco, según
él: -“Se es católico o no se es nada”) pesa
mucho. Por ello todavía la iglesia católica mantiene
enormes privilegios económicos, jurídicos, simbólicos,
políticos y en materia de enseñanza, con la
“complicidad” de una parte (cada vez más reducida) de la
sociedad y lo que es aun peor de los “poderes públicos”
que hacen grave dejación de mandatos constitucionales,
entre ellos al artículo 9.2, del que se deduce que
“corresponde a los poderes públicos promover las
condiciones y remover los obstáculos para que se dé la
total igualdad de trato y neutralidad y se adquiera la
condición de verdadera ciudadanía”. Por ello, todavía
sigue vigente una “ley de libertad religiosa de 1980”
que atenta a la neutralidad del estado en materia de
convicciones y de libertad de conciencia y unos
“Acuerdos con la Santa Sede”, basados en el Concordato
franquista de 1953, a todas luces, al margen de la
Constitución.
Así, surgen polémicas, entre otras más importantes, como
el de “la presencia de símbolos religiosos en los
espacios públicos” y no se termina de dar solución
política, porque el poder del “lobby católico” desde
afuera y desde dentro de los partidos presiona con
fuerza. Además de tratar de imponer una doctrina
particular (la católica) al conjunto de la ciudadanía,
cuando de aumentar derechos se trata, por ejemplo en
materia de Eutanasia, salud sexual y reproductiva,
igualdad de sexos, etc.
Esta anómala situación de “neo-confesionalidad del
estado” nos ratifica en la interpretación de que la
“cultura y el sueño republicano” está más vigente que
nunca y estará, muy pronto, en primera línea del “debate
político y social”, porque forma parte del ideario de
“emancipación laica”.
La sociedad española se ha secularizado, la diversidad
de convicciones religiosas, no religiosas y de otras
muchas opciones es enorme, las personas (sobre todo
entre los más jóvenes) que no se declaran católicos, ni
siquiera creyentes o pertenecientes a alguna comunidad
religiosa es muy grande. La convivencia de la sociedad
española ante este hecho es “digna de elogio”, si
descontamos un puñado de fanáticos católicos (y de otras
confesiones) y a la propia Conferencia Episcopal. Ahora
falta que los poderes públicos, en esta materia, superen
la “Transición“, con el objetivo de que (¡por fin!) nos
situemos en el ideario de la “Ilustración” y del
concepto de “ciudadanía plena”. Por ello dado la enorme
influencia, privilegios y poder que la iglesia católica
mantiene todavía, es necesaria y urgente una “Ley
orgánica de libertad de conciencia y de convicciones”,
es decir un “marco preciso jurídico de derechos y
deberes individuales y colectivos, de comportamiento y
deberes de los poderes públicos”, en suma, una norma que
en desarrollo de la Constitución, avale la neutralidad
del estado ante la diversidad de convicciones.
(*) Francisco Delgado. Fue diputado en 1977 y en la
actualidad preside la Asociación Europa Laica |