El incumplimiento del artículo 16.3
de la Constitución
Antonio García Ninet
UCR 3 de
Octubre de 2008
Dentro de pocas semanas nuestra
Constitución va a cumplir treinta años, pero por desgracia
todavía a estas alturas su artículo 16. 3, según el cual
“ninguna confesión tendrá carácter estatal”, está muy lejos
de su cumplimiento. Son muchos los aspectos de la vida
cotidiana en los que el incumplimiento de ese artículo es
patente, pero en este momento quiero recordar y denunciar de
modo reiterado alguno de los aspectos en que tal
incumplimiento se produce a fin de exigir a nuestro gobierno
que, como poder ejecutivo, tiene la obligación de cumplir y
de hacer cumplir las leyes y de manera muy especial nuestra
ley suprema que no es otra que la Constitución Española de
1978.
En relación con el artículo 16.3, ya
en otros momentos se ha denunciado el uso de la simbología
cristiana de la cruz para la toma de posesión de diversos
cargos políticos de cierta relevancia o para celebrar
“funerales de Estado”. La situación sigue igual, funcionando
con la misma falta de respeto hacia la Constitución y hacia
quienes la votamos afirmativamente. Por ello, la denuncia
debe continuar siendo la misma: El nombramiento de los
diversos cargos políticos no tiene nada que ver con rituales
o simbología religiosa como la del juramento o como la
utilización de un crucifijo, y, por ello, hay que denunciar
que en los últimos nombramientos de cargos del poder
ejecutivo o del poder judicial ha seguido utilizándose un
ritual anticonstitucional de carácter religioso.
Igualmente hay que seguir denunciando
que se siga permitiendo que en los centros de enseñanza
públicos y privados se siga creando una confusión especial
cuando, junto a asignaturas que representan aspectos
importantes del conocimiento y de la cultura humana, se
permite e incluso se subvenciona el lavado de cerebro de
nuestros niños y jóvenes mediante el adoctrinamiento en
creencias religiosas que, desde luego, nada tienen que ver
con el conocimiento y sí con el mundo de las supersticiones
y que tiene como finalidad última la del lucro de una
organización que vive de la ingenua credulidad de quienes no
han podido adquirir una formación cultural adecuada. Hay
que denunciar, pues, esa pasividad de los gobiernos para
cumplir con el mandato constitucional relacionado con la
neutralidad del Estado, tanto por lo que se refiere al
ámbito de las creencias religiosas como por lo que se
refiere al de las creencias ateas.
Para añadir un aspecto nuevo a estas
reflexiones a fin de que no sean una mera repetición de
críticas anteriores, se me ocurre hacer referencia al hecho
de que a la entrada de la mayoría de los cementerios
municipales figura una cruz como si todas las personas allí
enterradas fueran cristianas, a pesar de que todo el mundo
sabe que en los cementerios hay enterradas personas de
diversas creencias, entre las cuales se encuentran también
quienes tienen la creencia de que todas las religiones son
simples supersticiones más o menos sistematizadas.
En cuanto los cementerios sean
propiedad municipal –y parece que en su gran mayoría lo
son-, la inercia de la tradición haya permitido hasta la
actualidad el incumplimiento de nuestra Constitución
democrática por lo que se refiere al hecho de que a la
entrada de estos lugares siga figurando una cruz, como si el
cementerio tuviera carácter religioso cristiano y no
simplemente el de un lugar en el que se da sepultura a los
restos de nuestros seres queridos. Por ello y de acuerdo con
nuestra Constitución es hora ya de que se retire ese símbolo
perteneciente a una confesión religiosa en particular, al
margen de que se respete, como es lógico, que a nivel
individual los actuales o los futuros inquilinos (o en su
caso, los familiares o amigos) puedan adornar su tumba como
más les guste, colocando en ella los símbolos, los recuerdos
y los adornos que deseen, pero en cuanto los cementerios no
sean propiedad particular de un tipo de creyentes o de otro,
debe desaparecer esa simbología que no es neutral y que
resulta ofensiva para muchos y por muy diversos motivos,
tanto relacionados con las doctrinas de tal credo religioso
como por la historia criminal de una gran parte de los
dirigentes de esa organización.
Es tan inconstitucional que a la
entrada de los cementerios, recinto común de todos los
difuntos, figure una cruz como que figurase una hoz y un
martillo, una media luna o el escudo del Valencia C.F, a no
ser que se tratase de un cementerio perteneciente en
exclusiva a cristianos, a marxistas, a musulmanes o a
forofos especiales del Valencia C. F. En épocas pasadas, con
el dominio y control casi absoluto de la Jerarquía Católica
en casi todos los aspectos de la vida de las personas en
España, a nadie se le habría ocurrido plantear esta cuestión
al considerar la presencia de la cruz como lo más natural
del mundo; sin embargo, en la actualidad a quienes
defendemos nuestra Constitución y su aplicación consecuente
nos parece una situación tan aberrante el mantenimiento de
esas cruces como lo sería la colocación de la media luna
musulmana.
Así que, de acuerdo con nuestra
Constitución, ni un símbolo ni el otro. En su respectiva
tumba que cada muerto haga lo que quiera –o lo que pueda-,
pero que algunos vivos no lo sean tanto como para querer
apropiarse de un lugar que no es el suyo y ni mucho menos de
un modo exclusivo.
Con todo el respeto por los creyentes
de las diversas religiones, pero con el mismo respeto por
nuestra Constitución española, dejemos que los muertos
tengan en sus tumbas los símbolos que deseen, pero que los
vivos cumplan con la legalidad constitucional eliminando la
cruz de la entrada de los cementerios en cuanto es un
símbolo que hace referencia a creencias privadas y en cuanto
nadie tiene derecho a imponerlas a nadie, ni vivo ni
difunto.
Para finalizar, quiero manifestar mi
protesta por las continuas molestias que me provoca el
campanario de la iglesia cristiana que se encuentra a casi
un kilómetro de donde vivo. También en este punto la simple
inercia ha impedido que el pueblo en general proteste por
esa falta de respeto a la marcha normal de la vida
ciudadana, sin interferencias de quienes tienen determinadas
creencias religiosas o de quines buscan por todos los
procedimientos posibles hacer que la gente baile al son que
ellos quieran, como en este caso el que viene asociado con
el de esas campanas. El sonido de las campanas en sí mismo
puede ser agradable en determinados contextos, pero es una
falta de respeto que los curas lo utilicen para dar rienda
suelta a sus juergas místicas o cuando utilizan las campañas
del reloj de la torre de las iglesias para avisarnos
caritativamente de las horas del día y de la noche como si
todavía no se hubiera inventado el reloj. Si quieren
utilizar las campanas, que lo hagan dentro de su casa o
dentro de sus iglesias, pero sin molestar a quienes no
comulgamos con sus hostias consagradas ni con sus ridículas
ceremonias y doctrinas. No es para nada respetuoso con el
derecho de todos y cada uno al descanso que a las cuatro de
la noche suenen las campanas de la iglesia para avisar de
que estamos en esa hora del día –y, encima, que al cabo de
un minuto repitan la información-.
Alguien puede creer que protestar por
eso es por simples ganas de protestar, pero quizá entienda
mejor mi punto de vista si se pone en mi lugar: ¿Cómo
aceptarían que yo instalase un aparato en el exterior de mi
casa que reprodujese la Internacional, dulce melodía,
durante todas las horas del día?
Por ello, denuncio a la jerarquía
católica y protesto a quienes tienen el deber de hacer
cumplir las leyes constitucionales por haber consentido
hasta ahora y por seguir consintiendo que los curas
incrementen impunemente la contaminación acústica que
padecemos con el infernal sonido de las campanas de las
iglesias, que sólo sirven para molestar y a las que, por
mucho que las toquen, ya no hace caso ni Dios
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Antonio García Ninet es
Doctor en Filosofía