Los actos
colectivos de apostasía se han recalentado a raíz de algunos
obstáculos burocráticos en parroquias para gestionar los
papeles a la renuncia de confesión. La Audiencia Nacional
obligó recientemente (elpais.com) al obispado de Almería a
remitir a un vecino un documento en el que se certifica que
se ha ejecutado el derecho de cancelación de sus datos en la
partida de bautismo. En el fallo, el tribunal rechaza la
tesis eclesiástica de que las actas de bautismo no son
ficheros personales, sino registros de un hecho histórico
(que los padres llevaron al demandante a bautizar).
Izquierda Unida propone que la reforma de la Ley de Libertad
Religiosa de 1980 cree un registro nacional de apóstatas, en
el que se inscribiría todo aquel que quiera autoexpulsarse
de su religión para despojar a las iglesias del control de
estos registros. El obispo de Tortosa y presidente de la
Subcomisión Episcopal de Catequesis, Javier Salinas, ha
asegurado que es "impensable" que un católico acuda a una
oficina municipal a apostatar, cuando es una cuestión
personal que debe hacer "cada uno ante la Curia".
En varias páginas,
como ateosyrepublicanosapostatas.blogspot.com/, se explican
los pasos burocráticos para la apostasía. Primero hay que
solicitar a la Iglesia que suprima los datos personales de
todos sus registros. Para ello, hay que realizar dos
procedimientos paralelos y casi idénticos ante la parroquia
y el obispado a la que pertenece ya que jurídicamente son
entidades independientes y ambas poseen los citados datos.
Si el trámite no prospera o se deniega, hay que remitir una
carta certificada reclamando la tutela del derecho de
cancelación a la Agencia de Protección de Datos. En todos
los casos planteados, ésta ha obligado a la Iglesia a
inscribir en el libro de bautismo la manifestación de
apostasía. Sin embargo, los apóstatas organizados están
reclamando ante los tribunales el borrado íntegro de los
citados datos.