Violadores de la constitución Imprimir
Opinión / Actualidad - Política
Escrito por Juan Carlos González Caldito   
Jueves, 26 de Julio de 2018 00:00

En las tertulias de debate político de los diferentes medios televisivos españoles, ya sea “Los desayunos de TVE”, “Al rojo vivo”, “Espejo público”, “Preguntes freqüents” o cualesquiera que sean, los periodistas han hegemonizado la falaz dialéctica de la pugna entre “constitucionalistas” e “independentistas”. Esta ficticia división ha convertido a unos en salvaguardas de la Constitución Española (CE) de 1978, y a los otros, a los independentistas, o bien en contrarios a la CE, o bien en aquellos que no respetan la Carta Magna, pero detrás de esta maniquea dialéctica se esconde la perversa manipulación del sentido de la CE al reducirse su defensa a un único artículo de la misma: la unidad de España.

 

El artículo 2 de la CE de 1978 establece que «la Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles». Este artículo es el pretexto de todos los partidos del estado español, autodenominados “constitucionalistas”, para no permitir celebrar un referéndum de autodeterminación en Catalunya, a pesar de que el artículo 150 de la misma CE establece sendas bases para su realización. El argumento que utilizan es que un referéndum de autodeterminación es contrario al artículo 2 de la carta magna, pero la realidad es que todo es cuestión de diálogo y voluntad política. El resultado: los medios televisivos españoles han convertido en constitucionalistas a los que defienden la unidad de España. Pero, ¿realmente los autodenominados constitucionalistas pueden ser considerados como tales?

La Carta Magna se aprobó el 6 de diciembre de 1978 y la componen 169 artículos que tratan asuntos de capital importancia como los derechos y deberes fundamentales de los españoles, la corona, las Cortes Generales, el poder judicial, la administración y economía del Estado, el tribunal constitucional y la organización territorial del Estado, entre otros. La CE, pues, es la ley fundamental del Estado, con un rango superior al resto de normas jurídicas, fundamento de todo el ordenamiento jurídico, o dicho de otro modo, la raíz madre de todas la leyes. Sin embargo, son más de 20 los artículos de la Carta Magna que los gobiernos autodenominados “constitucionalistas” violan sin que esto suponga convertirlos en anticonstitucionalistas.

La PAH entró en el escenario político-social debido a que el Estado español y sus gobernantes principales (PP y PSOE) no han respetado el artículo 47 de la CE, el cual establece que «todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada», además de que «los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación». En la última década, más de 26.000 familias han perdido su vivienda, sin que el Estado haya hecho nada para impedirlo o buscar una solución a dichas familias.

El artículo 27 establece que «los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes», pero la realidad es que las universidades españolas han perdido desde 2008 más de 1.240 millones de euros en sus presupuestos gracias a las políticas educativas y presupuestarias del PSOE y del PP, haciendo que los estudiantes hayan visto subir exponencialmente las tasas universitarias, provocando que 30.000 universitarios se encuentren al borde de la expulsión por impago.

La CE también establece, mediante el artículo 40, que «los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica», cuyo objetivo es romper la brecha de la desigualdad social y económica. España realizó una amnistía fiscal bajo la responsabilidad de Montoro, ministro de Hacienda del expresidente Rajoy, medida que permitió una repatriación de los bienes no declarados mediante el pago de un impuesto del 10 por ciento sin sanción penal. Sin embargo, ni Montoro ni Elena Salgado (ministra de Hacienda de Zapatero), realizaron medida alguna para combatir el aumento de la desigualdad, aumento que nos pone en la cabeza del mundo según la OIT.

Existen más artículos vulnerados de la CE por los denominados “constitucionalistas”, como por ejemplo el artículo 15, que establece que nadie puede ser sometido a tortura ni a penas inhumanas, pero tenemos detrás el caso de los GAL y otros tantos; o el artículo 14 que establece que todos los españoles somos iguales ante la ley, pero es conocido que no se juzga igual a Urdangarín que ha un ladrón de gallinas; o el artículo 128 que prohíbe los monopolios y que insta a nacionalizar dichas empresas mientras RED Eléctrica controla el monopolio de la distribución de la electricidad en todo el Estado español; o qué decir del artículo 41 y 43, según los cuales se obliga a los poderes públicos a mantener un régimen público de Seguridad Social al tiempo que en la última década hemos sufrido los grandes recortes en la Sanidad. Muchos más son los artículos violados constantemente por los autodenominados “constitucionalistas”, pero ninguno parece ser tan importante como el artículo 2, como si la unidad de España fuera el fundamento vital de todos los españoles.

A los denominados “independentistas” se los considera anticonstitucionalistas porque si su voluntad política de soberanía nacional se llevara a cabo implicaría la violación del artículo 2 de la CE, pero la realidad es que se han anulado otras tantas leyes catalanas que hacían efectivos algunos de los artículos de la CE comentados, medidas llevadas a cabo por los denominados “independentistas”. Mediante la suspensión de varios artículos de la Ley de Emergencia Habitacional, cuyo objetivo era respetar el artículo 47 de la CE, o la ley de pobreza energética que prohibía a las compañías de luz y gas cortar el suministro en caso de impago a las personas en situación de vulnerabilidad económica durante los meses de más frío, que activaba el artículo 41 de la Carta Magna. La última ley anulada ha sido la ILP de Renta Garantizada de Ciudadanía, aprobada por unanimidad en el Parlament y cuyo objetivo era ayudar económicamente a las familias más vulnerables. Estas leyes, entre otras, hacían efectivos algunos artículos de la CE por lo que se hace difícil poder tachar de anticonstitucionalistas a los “independentistas” sólo por un artículo que, según la Audiencia territorial de Schweslig Holstein, no ha sido vulnerado. Es por este motivo por le cual su clasificación ha sido una burda estrategia maniquea de los autodenominados “constitucionalistas” y de los medios televisivos españoles para convertir en enemigo público número uno a todos los que defienden un ordenamiento administrativo y territorial diferente, es decir, la ruptura del Estado español, pero no de sus pueblos.

Es probable que detrás de toda esta manipulación maniquea se encuentre un objetivo todavía más cruel: manipular la opinión pública hasta tal punto que considere necesario y permita el castigo a aquellos denominados anticonstitucionalistas como enemigos internos del Estado. De hecho, el PSOE ya ofreció su apoyo al PP, cuando todavía éste tenía el gobierno del Estado, para reformar el Código Penal y actualizar el delito de rebelión a los tiempos que corren en la actualidad, con el objetivo de adaptar el delito de rebelión al independentismo, medida que a día de hoy el actual gobierno socialista de Sánchez no ha desmentido. Para ello es necesario que la opinión pública esté dispuesta a apoyar dicha medida y no existe mejor forma de hacerlo que mediante un chivo expiatorio: reducir el independentismo a anticonstitucionalismo y, por lo tanto, a enemigo del Estado. Con una hábil manipulación de la prensa se está consiguiendo que los independentistas, a pesar de llevar a cabo la totalidad menos uno de los artículos de la CE, se los considere anticonstitucionalistas, y que los autodenominados constitucionalistas, que apenas respetan un puñado de artículos de la CE, se los considere como los salvaguardas de la CE. Sólo queda una cuestión: si esta manipulación maniquea acaba resultando, ¿quién condenará a los autodenominados constitucionalistas?

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Fuente: Iniciativa Debate