De aquellos barros estos lodos PDF Imprimir E-mail
Opinión / Actualidad - Política
Escrito por Joan Coscubiela   
Sábado, 14 de Abril de 2018 05:03

Estos días asistimos entre consternados, indignados y perplejos a una nueva actuación de la Policía a instancias de la Fiscalía, la detención de una joven a la que se acusa de coordinar la acción de los Comités de Defensa de la República (CDR). Y en base a ello se le pretendía imputar el delito de terrorismo.

Se trata de un capítulo más en el intento de los poderes del Estado y sus voceros mediáticos de construir el imaginario de una Catalunya instalada en la violencia.

La actuación de la División mediática Brunete y su homónima en Catalunya, la División mediática Ítaca, son hoy el principal obstáculo para la búsqueda de una solución. En su obsesión por construir relatos hegemónicos en España y en Catalunya, se han olvidado de la responsabilidad social de los medios de comunicación y se han lanzado a una competición en la que la degradación del uso del lenguaje, la construcción una imagen perversa del otro y en definitiva la manipulación informativa de las sociedades respectivas se han convertido en una poderosa arma de colonización de las mentes de la ciudadanía.

Personalmente discrepo de la estrategia de los CDR. Aun cuando sus actos se limitaran a moverse en el terreno estricto de la desobediencia civil –derecho por cierto que se reconoce a la ciudadanía, pero nunca a los poderes públicos, que siempre están obligados a cumplir la Ley– me parece una estrategia errónea. No ayudan en nada a los objetivos que dicen defender y debilitan al movimiento del que forman parte. La vida demuestra que este tipo de acciones reducen la participación ciudadana, tienden a la radicalización –aún sin violencia- y acaban situándose en un circulo vicioso de acción y reacción.

Pero con independencia de la opinión que se tenga sobre la idoneidad y oportunidad de las acciones de los CDR, resulta evidente que acusarles de terrorismo es una barbaridad democrática.

Afortunadamente, la Audiencia Nacional ha rechazado las imputaciones de terrorismo y ha dejado en libertad a la joven detenida. Pero nos equivocaríamos si pensáramos que esta deriva criminalizadora afecta solo al conflicto “catalán” y que con la libertad de la joven detenida el tema pierde gravedad.

No olvidemos que si el Ministerio Fiscal ha formulado la acusación de terrorismo es porque desde el 2015 el Código Penal español ha ampliado hasta el infinito los actos susceptibles de ser considerados terrorismo. Hasta el extremo de incluir en el capítulo de acciones terroristas los delitos graves que “pretendan obligar a los poderes públicos a realizar un acto o abstenerse de hacerlo.”

El nuevo artículo 573 del Código Penal permitiría hoy que determinadas actuaciones producidas en el marco de conflictos laborales y sociales que todos recordamos –por ejemplo las luchas obreras contra la reconversión industrial o las huelgas generales- pudieran ser calificadas penalmente como terrorismo.

Esta reforma penal fruto del Pacto de Estado entre el PP y el PSOE se aprobó con la excusa de combatir más eficazmente el terrorismo yihadista. Y digo excusa porque una buena parte de su contenido tiene poco que ver con las recomendaciones de la Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 2178 de 24 de setiembre del 201, y con la Decisión Marco del Consejo de la Unión Europea de 28 de noviembre del 2008 en las que dice ampararse.

Se equivocan los que piensen que esta reforma se hizo con el objetivo de dar respuesta al conflicto catalán. Se equivocan aún más los que consideren que esta Ley es un hecho aislado. Y el error es aún mayor si se considera que este es un problema estrictamente español.

La Ley Orgánica 2/2015 forma parte de una triada de reformas legislativas acordadas durante el directorio absolutista de Rajoy compuesto por la Ley de Seguridad Ciudadana (Ley Mordaza),  la Reforma del Código Penal que entre otras cosas instaura la cadena perpetua (bondadosamente llamada prisión permanente revisable).

Se trata de un conjunto de reformas legislativas que aprovechan el clima de miedo e inseguridad creado en la sociedad, y alimentado artificialmente por determinados medios de comunicación, por el brutal atentado yihadista contra la revista satírica francesa Charlie Hebdo y por el impacto social que generan los asesinatos de personas jóvenes – mayoritariamente mujeres-. Se aprovecha este clima social para, entre otras cosas, criminalizar movilizaciones sociales y castigar penalmente a organizaciones y movimientos sociales.

Que esta reforma no tuviera como objetivo exclusivo el conflicto “catalán” no significa que sus impulsores no tuvieran esta pantalla en su horizonte. Quiero recordar que su aprobación se produce a los pocos meses de la consulta por la independencia del 9 de noviembre del 2014.

Por eso sorprende y hoy aún más que el grupo parlamentario de CiU tuviera una posición tan poco beligerante -por ser bondadoso- frente a esta ley. A pesar de mis reiteradas advertencias sobre el riesgo que se terminaría aplicando en Catalunya. 
Aunque la memoria es débil sobre todo cuando no interesa, quiero recordar que esa reforma fue aprobada con la abstención de Convergència y el voto a favor de Unió Democrática. Y que algunas de las enmiendas que dieron redacción definitiva a la Ley, entre ellas las que se refieren al artículo de marras, el 537, fueron votadas por todo el grupo parlamentario de CiU, con la excepción de tres diputados ausentes de la sesión.

Estos días mucha gente se pregunta como es posible que el grupo de CiU no fuera consciente del riesgo que suponía no pronunciarse nítidamente y votar en contra de esta ley. Yo siempre tuve la sensación de que nunca vieron esta reforma como un riesgo propio. Quizás porque pensaron que su aplicación y posible abuso solo iba a afectar a otro tipo de movilizaciones. No se olvide que en aquel momento en Catalunya aún era muy presente el impacto por el “asedio” al Parlament del 2011 y que estaban en un punto álgido las movilizaciones contra recortes de derechos sociales.

Desgraciadamente este recrudecimiento de la legislación penal no es una hecho aislado de España, ni tan siquiera de Europa. Es un fantasma que recorre el mundo desde los atentados del 11 de setiembre del 2001.

Se esta utilizando el clima de inseguridad social para restringir hasta limites democráticamente intolerables las libertades. Y cada vez que se da un paso en este sentido, con el supuesto objetivo de garantizar la seguridad a las personas, se debilita la calidad de la democracia. Y con ello la inseguridad crece, porque con las libertades restringidas es más fácil imponer políticas que reducen los derechos sociales, hacen crecer las desigualdades y aumentan el miedo y la inseguridad social de la ciudadanía. Este es desgraciadamente el circulo vicioso en el que estamos instalados.
Después de la indignación sería deseable que hiciéramos algo más. Urge una reforma legal que devuelva la regulación del delito de terrorismo a términos que sean democráticamente aceptables.

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Fuente: El Diario