Entrevista: Manuel Navarro, vicepresidente de "Europa Laica" |
Laicismo - Noticias, Actos y Convocatorias Laicas |
Escrito por Juan Jesús Delgado. |
Lunes, 18 de Junio de 2012 05:21 |
¿Qué es Europa Laica?. Europa Laica es una asociación laicista española que entiende por laicismo el establecimiento de las condiciones jurídicas, políticas y sociales idóneas para el desarrollo pleno de la libertad de conciencia, base de los Derechos Humanos. Defiende el pluralismo ideológico en pie de igualdad como regla fundamental del Estado de Derecho y el establecimiento de un marco jurídico adecuado y efectivo que lo garantice y lo proteja frente a toda interferencia de instituciones religiosas que implique ventajas o privilegios.
Europa Laica cuenta con el Observatorio del Laicismo que realiza un seguimineto de los avances o vulneraciones del laicismo, realizando en su caso las denuncias que en cada caso sean procedentes. Uni Laica es un grupo que dentro de Europa Laica promueve y defiende una Universidad Pública y Laica. ¿Cuando y por qué surge esta asociación?. Europa Laica es una asociación estatal fundada en 2001. Su sede social está en Madrid y tiene socios en todas las provincias y en algunos países europeos, también grupos territoriales organizados en casi todas las CCAA. Hablamos de la financiación pública de las confesiones religiosas ¿qué habéis "conseguido" en este aspecto?. Realizamos hace unos años una campaña sobre el tema del IVA, del que la iglesia católica estaba exenta, con ayuda del Grupo Parlamentario Radical en el Parlamento Europeo, y que terminó con la aprobación de una moción del Parlamento a la Comisión Europea para que se obligara al gobierno español a que la iglesia pagara este impuesto. Lo que así ocurrió. Aunque hay que decir que simultáneamente el gobierno socialista subió la asignación tributaria al 0,7%. Otro es la separación entre Educación y Religión, ¿por qué creéis que hay que diferenciar estas dos cosas?. La educación pública como derecho de toda la ciudadanía debe estar libre de adoctrinamientos y dogmas propios de cada religión, que corresponden al ámbito íntimo y personal de cada uno. España es, en teoría, un país aconfesional, aún así ¿se respeta la libertad religiosa?. El artículo 16 de la C.E. establece el principio de aconfesionalidad del Estado, por tanto ninguna confesión puede tener carácter estatal, o lo que es lo mismo, el Estado, no puede adherirse ni prestar su respaldo a ningún credo religioso. NO debe de existir confusión alguna entre los fines religiosos y los fines Estatales (STC 46/91). En definitiva que nadie podrá sentir, que, por los motivos religiosos, el Estado le es más próximo que a sus conciudadanos. ¿Es acaso aconfesional un Estado que celebra funerales católicos, o donde sus autoridades y funcionarios asisten en calidad de tales a ceremonias religiosas, o donde símbolos religiosos presiden actos o espacios públicos, o donde los catequistas y capellanes reciben el sueldo del Estado, o donde sus ministros toman posesión ante un crucifijo? Un tema que a mi personalmente me sorprendió bastante, es el de las inmatriculaciones que hace la iglesia de bienes públicos, ¿por qué tiene, la iglesia, barra libre para apropiarse de inmuebles y terrenos, para después venderlo?. La Ley Hipotecaria de 1944, en pleno nacional catolicismo, otorga esta posibilidad a la iglesia católica. Posteriormente una reforma en tiempos de Aznar otorga a los obispos la capacidad para realizar las inscripciones de bienes que considere de la iglesia, concediendo a los obispos el carácter de funcionarios públicos. Un privilegio jurídico, no el único, del que goza la iglesia, y que le ha permitido inscribir sólo en Navarra más de 1000 bienes, en muchos casos edificaciones, solares, fincas,... que eran comunales, es decir, del conjunto del pueblo. Pero incluso muchos lugares de culto no fueron ejecutados por la iglesia, sino que son producto de épocas en los que se realizaban con aportaciones públicas o de los poderes de la época. De ahí que en otros países estos edificios formen parte del Patrimonio del Estado y que se encuentren cedidos a las confesiones religiosas a cambio de su mantenimiento. Un ejemplo reciente es el caso de la mezquita de Córdoba, construida por los califas e inscrita por el obispo de Córdoba en el año 2006 a nombre de la iglesia católica por 30 euros. La iglesia no paga IBI, al contrario de todos los ciudadanos, partidos políticos y sindicatos que si pagan, la pregunta es evidente pero aún así, ¿por qué debe pagar?. Sencillamente porque todos debemos pagar los impuestos, lo contrario es un privilegio. Entendemos que salvo los bienes públicos, por ser de todos, los demás debemos pagar este y otros impuestos. Los Acuerdos de 1979 entre España y la Santa Sede son los que conceden este privilegio a la iglesia católica y posteriormente la Ley de Mecenazgo posibilita la exención a otras entidades. ¿Qué le parece la "amenaza" del hombre más poderoso de la Iglesia en España, Rouco Varela, que dijo que si la Iglesia tiene que pagar el IBI, eso irá en detrimento de obras sociales como Cáritas?. Creo que la jerarquía católica y especialmente el señor Rouco no sabe adaptarse a los tiempos y pretende mantener vigente el nacional catolicismo y sus privilegios. No distinguen entre ciudadanía y fieles, ni entre Estado e iglesia. Su respuesta además no tiene sentido pues la iglesia apenas aporta un 2 % del presupuesto de Cáritas. Una organización de la iglesia que recibe un tercio de sus ingresos del erario público y el resto de aportaciones privadas, que en muchos casos son entidades como Cajas de Ahorros y Fundaciones. Hay mucha gente que confunde las palabras Laico y Aconfesional, ¿qué diferencias hay entre un país laico y otro aconfesional?. El Estado laico es el que desde el Estado de Derecho, y en base a los Derechos Humanos, promueve la libertad de conciencia de toda la ciudadanía, con independencia de las convicciones o particularidades de cada uno. Defiende un espacio común y universal de convivencia. Para ello tiene que defender la igualdad real de la ciudadanía frente a cualquier tipo de privilegio de una parte de la misma. En ese sentido debe mantener una separación entre el Estado y cualquier confesión religiosa, y tiene que ser neutral sin privilegiar ninguna convicción religiosa o no, es decir aplicando el derecho común a todas ellas. El Estado aconfesional debería mantener los mismos principios, pues que el Estado no tenga ninguna confesión como propia debía llevar a ser neutral con todas ellas. Sin embargo, se suele utilizar para posibilitar que bajo el principio de cooperación con las confesiones religiosas se aplique un multiconfesionalismo, esto es, que se extiendan los privilegios que antes eran propios de la religión confesional del Estado, a otras religiones. Algo a nuestro juicio contradictorio con la propia definición de aconfesionalidad y desde luego muy lejano de un Estado laico. ---------------------- Fuente: La Noticia Imparcial. |