...Y la bandera republicana se colgó en el Ayuntamiento de San Sebastián Imprimir
III República - Noticias, Actos y Convocatorias
Escrito por Diario Vasco   
Martes, 21 de Abril de 2015 06:02

El Ayuntamiento de San Sebastián volvió a colocar, en el día del aniversario de la II República, la bandera tricolor en la fachada del consistorio, a pesar de que una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco declaró contrario a derecho este gesto. La enseña ha sido colocada en la balconada de la fachada del Ayuntamiento, bajo la de San Sebastián, que ondeaba en un mástil, con motivo de la celebración del aniversario de la proclamación de la II República.

 

Se da la circunstancia de que el pasado mes de octubre, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco consideró "contraria a derecho" la colocación de una bandera republicana en la fachada del Ayuntamiento de San Sebastián el 14 de abril de 2012. Esta sentencia estimó un recurso de la Delegación del Gobierno contra una resolución de un juzgado donostiarra que avaló la colocación de la enseña republicana en la fachada del consistorio.

Aquella sentencia favorable al Ayuntamiento que gobierna Bildu consideraba que la colocación de la enseña republicana no sustituyó a la bandera española constitucional, que no se retiró, y tampoco infringió el "principio de objetividad" que se exige a las instituciones, ya que se puso para conmemorar un hecho histórico y no para reivindicar una ideología concreta.

La Delegación del Gobierno recurrió ante el TSJPV, que corrigió la sentencia de primera instancia al entender que "no cabe alterar los símbolos externos y representativos de cada institución", ya que en este caso "no se representa ese aspecto conmemorativo despojado de toda intención reivindicativa o, al menos, deliberadamente evocadora de otro régimen político".

"A la imagen exterior de los edificios públicos les es inherente y les resulta indisociable su sentido en la organización político-institucional del Estado, que no puede por ello ser arbitrada en cada momento y ocasión por quienes ejercen las potestades que les caracterizan, por más que éstas provengan del sufragio o la elección popular", argumentó el TSJPV.

 

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Fuente: diariovasco