Hermetismo político Imprimir
III República - III República
Escrito por Juan Ramón Capella en Público   
Jueves, 26 de Mayo de 2011 00:00

Por una Ley Electoral justa y democrática La gente exige democracia real. Con razón: el diseño del sistema político, construido en 1978 con temor al desgobierno, en las circunstancias de la Transición, ha generado finalmente un sistema de bipartidismo imperfecto hermético a las demandas sociales, cerrado a ellas. Aquí se pretende señalar algunos de los instrumentos clave de ese hermetismo del sistema político y presentar líneas razonables de cambio.

El sistema electoral ha resultado, contra una disposición constitucional que exige lo contrario, muy poco proporcional. Los votos de los ciudadanos no valen lo mismo, y muchos quedan inutilizados legalmente, además, por la Ley Electoral. Ello se debe a que la Constitución establece sin más que la circunscripción electoral es la provincia. Alternativas: modificar la Constitución para instituir un colegio nacional de restos que recoja los votos inutilizados y les dé representación; o bien identificar circunscripción con comunidad autónoma. O bien modificar la Ley Electoral , estableciendo un sistema a dos vueltas. En cualquier caso, es menester acabar con un sistema electoral escasamente proporcional. 

Un aumento del número de diputados hasta el máximo permitido por la Constitución también incrementaría la proporcionalidad entre sufragio y representación.

Otros instrumentos de apertura serían las listas electorales abiertas, extender los derechos de sufragio a todos los censados –nacionales o no–, para no mantener sin derechos políticos a la gran cantidad de personas que trabajan y tributan en España careciendo de la condición de nacionales; y financiar electoralmente a las agrupaciones de electores que reúnan determinados requisitos. En realidad todo el sistema existente de financiación electoral pública debería poder ser repensado y rectificado; el ciudadano contribuyente, dicho sea entre paréntesis, no desea un sistema electoral de costes altos.

Alteran el valor del voto los artículos 162 y 163 de la Ley Electoral al atribuir un mínimo inicial de dos diputados por provincia, cifra que puede no guardar relación con la población censada; también al limitar el número de diputados del Congreso y al despreciar las candidaturas que no hubieran alcanzado el 3% de los votos en una circunscripción. Los artículos mencionados son los que establecen el mayor hermetismo del sistema.

Un instrumento de hermetismo adicional, de otra índole, es la configuración de la moción de censura en la Constitución, que la hace imposible en la práctica: es preciso eliminar el párrafo segundo de su artículo 113, que contiene ya otras cautelas. La moción de censura es un instrumento de exigencia de responsabilidades esencial en un sistema parlamentario, y el nuestro carece de él en la actividad política real. Algunos sistemas políticos hacen extensiva la moción de censura no sólo al Gobierno sino también a los ministros, individualmente considerados.

La iniciativa legislativa popular no debería poder ser desoída fácilmente por el Parlamento, sino en todo caso por una mayoría cualificada.

Los atenienses, inventores del ideal de distribución del poder entre el pueblo, de la democracia, tenían instituciones especiales para exigir la responsabilidad de los gobernantes: el ostracismo y la graphé paranomon; esta última institución establecía la responsabilidad de quien hubiera propuesto una ley que, aprobada por la asamblea, resultara finalmente contraria a los intereses públicos. En una sociedad compleja como la nuestra no es fácil recurrir a algo así, pero sí cabría establecer plazos de prescripción muy largos para los delitos cometidos por autoridades electas y por los excluidos del sufragio pasivo según lo dispuesto en el art. 6 de la Ley Electoral. La impunidad penal de las eventuales prácticas antijurídicas en el ámbito público es una gangrena para el conjunto del sistema político.

Cualquiera de estas propuestas impulsaría una democratización real y abriría el sistema político a las demandas sociales. Cerrar el paso a estas demandas significa convertir la democracia formal en una democracia
imaginaria.

Los procesos de democratización que se dan en el interior de la sociedad española no van todos en la misma dirección. En el plano cultural la democratización avanza, sobre todo en la no discriminación de las personas por razón de género o por razones de orientación sexual, y también con el incremento de la educación. Horizontalmente la sociedad española es más democrática, probablemente, que nunca, y tenemos mil pruebas de eso en las relaciones que se establecen espontáneamente en la vida cotidiana. Pero no puede decirse, en cambio, que en el plano económico haya menos desigualdad, sino todo lo contrario: el abanico de las rentas nunca ha estado tan abierto como ahora, y este es un factor que erosiona la democracia, pues expresa una gran desigualdad en este plano cuyo alcance otras sociedades, como la japonesa, la alemana o incluso la norteamericana, limitan mediante sus sistemas fiscales.

La democratización política no ha avanzado en más de tres décadas de sistema constitucional, tras su instauración. Es hora de que lo haga cuando se imponen mayores cargas a las poblaciones, en época de vacas flacas y ante un futuro que ha de regirse por un principio de austeridad. Un sistema político menos hermético que el que tenemos, que dificulte delegar a ciegas, facilitará el establecimiento de reglas de convivencia consensuadas con mayor veracidad.

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Juan Ramón Capella es catedrático emérito de Filosofía del Derecho, Moral y Política