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Monarquía parlamentaria

 

Antonio García Ninet *  

UCR  8 de Octubre de 2007

En los últimos días se han producido una serie de de manifestaciones en contra de la monarquía española, acompañados de la quema de fotos de los reyes. Esa actuación ha sido seguida por la de la detención de Jaume Roura y de Enric Stern, como responsables de un delito de injurias graves a la Corona, y de la petición por parte de la Fiscalía de la Audiencia Nacional de la pena de un año y tres meses de cárcel.

Considero que esa petición es absurda teniendo en cuenta que la quema de unas fotos no es lo mismo que la quema de personas de carne y hueso. Si Felipe V, antepasado del actual rey Juan Carlos, no rindió cuentas a nadie por haber quemado la ciudad de Xàtiva, no veo por qué tiene que ser más grave que se quemen unas fotos que seguramente eran propiedad de quienes las quemaron. Además, no creo que la intención de quienes participaron en dicha quema fuera otra que la de manifestar su oposición a la monarquía como sistema político, lo cual es un derecho constitucional, al margen de que el método escogido haya podido ser algo equívoco en su intencionalidad. Por ello, personalmente pido para ambos jóvenes la libre absolución respecto a cualquier supuesto delito, pues pedir la abolición de la monarquía no es un delito ni tampoco una injuria, sino un acto en el que se concreta el derecho a la libertad de expresión.

Pienso que durante los primeros años después del franquismo, durante la transición, el sistema de la monarquía parlamentaria pudo ser beneficioso para conseguir la estabilidad política. Y creo que por ese mismo motivo fue comprensible que se introdujese en la Constitución que se votó en el año 1978, pues de ese modo se daba legitimidad popular a lo que de otro modo habría sido una más de las imposiciones de la dictadura franquista.

Sin embargo, dada la trascendencia que tiene un sistema de gobierno como ése, deberá llegar un momento en el que sea sometido a referendo popular en lugar de mantenerlo cobijado por el conjunto de los restantes artículos de la Constitución con los que fue votado.

Debe ser votado en referendo por diversos motivos: En primer lugar, porque el hecho de que el artículo 57 de la Constitución Española hable de Juan Carlos I como “legítimo heredero de la dinastía histórica” no sólo es un anacronismo ridículo sino una contradicción con la propia Constitución en cuanto pretenda ser democrática: Esa expresión en la que se habla de una “herencia” –así como también los momentos de tensión que hubo entre el rey y su padre respecto a dicha “herencia”- representa un ejemplo de la pervivencia de una mentalidad feudal, insultante para el pueblo español, en quienes redactaron la Constitución, pues tanto las palabras de la Constitución como la discusión entre padre e hijo acerca de quién era el dueño de ese cortijo llamado España implican la misma concepción feudal según la cual los reyes son los “señores”, los dueños del país, mientras que los habitantes del mismo no tienen otra entidad que la de ser “siervos” o “vasallos”, al servicio de lo que sus señores ordenen.

Y, por desgracia eso no es nada extraño, ni puras palabras vacías de contenido si se tiene en cuenta que la monarquía borbónica española comienza con Felipe V, nieto de Luís XIV, aquel monarca francés, máxima expresión del absolutismo, que dijo aquello de “El Estado soy yo”, es decir, que podía hacer lo que le diese la gana y no tenía por qué rendir cuentas a nadie.

Y, si así era Luis XIV, si alguien quiere hacerse una ligera idea de cómo fue su nieto Felipe V, podría hacerse una ligera idea visitando por ejemplo el palacio y los jardines de La Granja en Segovia. La enormidad de aquellos jardines en los que uno puede llegar a perderse, así como la grandiosidad de sus fuentes, resulta execrable para cualquiera que tenga una sensibilidad mínima y piense hasta qué punto la familia de los Borbón, que en aquellos momentos no tuvieron sensibilidad alguna para preocuparse por las miserias del pueblo llano, merece que se mantenga a sus descendientes como reyes de España, como si nuestro país pudiera seguir considerándose como una “herencia”, siendo los “borbones” sus propietarios.

Y ése y no otro es el “mérito especial” de la monarquía borbónica para reinar en España, lo cual no significa que otras posibles monarquías tengan más derechos, pues nadie tiene derecho  tiranizar a nadie en ningún momento de la historia.

Se podrá decir que la monarquía actual es distinta, que el rey reina pero no gobierna. Pero eso no es así, pues el rey tiene todavía toda una serie de funciones importante dentro del Estado, entre otras la de ser el jefe supremo de las fuerzas armadas y el de poder disolver las Cortes cuando le parezca oportuno[1].

Pero, aunque la monarquía sólo tuviera un valor figurativo, no podría justificarse su existencia sin un apoyo popular explícito, el cual además no podría ser vinculante por los siglos de los siglos, sino que, al igual que sucede con el cargo de presidente de una república, debería ser sometido a consulta popular reiterada a fin de que tal sistema de gobierno fuera la expresión de la voluntad popular de ese momento y no de la de quien pudo votarla en un pasado lejano.

Además, el carácter antiguo y medieval de la monarquía no es un asunto sin importancia, ni mucho menos. A lo largo de ese pasado, la monarquía ha ido ligada al grupo religioso conocido como “Iglesia Católica” –o simplemente secta católica-, de forma que dicha monarquía junto con la nobleza y la jerarquía de dicha secta religiosa, constituían los únicos representantes del pueblo, siendo mantenidos en el anonimato las auténticas fuerzas productivas del conjunto de la sociedad, el pueblo llano formado por sencillos trabajadores que vivían como podían, es decir, de modo miserable, mientras esos grupos “aristocráticos” de mierda vivían en la abundancia sin preocuparse de las miserias populares, del pueblo, de “los súbditos”, que no contaban para nada más que para pagar impuestos. La Secta Católica y la Monarquía se apoyaban mutuamente. El rey lo era “por la gracia de Dios”, del dios católico -igual que posteriormente también Franco fue Caudillo de España “por la gracia de Dios” y por haberse compinchado con los obispos para ganarse algo de apoyo popular mediante la bendición de esos tenebrosos señores, que muy pronto aprendieron a saludar al estilo fascista.

En estos momentos la simbiosis entre la Iglesia y la monarquía sigue vigente: Bodas, bautizos, entierros y otras ceremonias sirven para que la monarquía dé prestigio a los obispos que actúan en esas ceremonias, mientras que los obispos, con su ceremonias, su vestimenta teatral y medieval y más vistosa que la de un pavo real, dan solemnidad a esos actos, y con ellos, a los miembros de la realeza que actúan en ellos. La misma ceremonia de la exaltación del rey Juan Carlos I se celebró en una iglesia católica, la de San Jerónimo el Real. De ese modo nuevamente la Iglesia Católica, desde esa manifestación de sumisión de la monarquía al poder religioso, podía dar su visto bueno al nuevo régimen, a pesar de sus nostalgias del franquismo.

Para concluir: Una monarquía, sea absoluta o parlamentaria es un sistema político vergonzoso, y mucho más en el presente que en el pasado, pues ahora ya tenemos la Historia para saber que el mérito más importante que les hace acreedores a su puesto como reyes es el ser hijos de unos déspotas que convirtieron España en su cortijo particular.

El hecho de que la familia real tenga en estos momentos una asignación anual por parte de los presupuestos del Estado de alrededor de 1.500 millones de pesetas es un claro ejemplo de la pervivencia tan “natural” de las enormes diferencias de clase existentes en la época fuedadl, así como del incumplimiento de la Constitución por lo que se refiere a la búsqueda de una sociedad más justa, teniendo en cuenta las escandalosas diferencias existentes entre los titulares de dicha asignación y los trabajadores españoles en general, con sus sueldos miserables, que en muchos casos no llegan siquiera a los 1.000 euros mensuales.

Considero por ello, que en un plazo de tiempo no muy largo y llegado el momento oportuno, los diversos partidos políticos deberían plantear en sus programas electorales el punto correspondiente a una consulta popular acerca de la continuidad o el cese de este sistema político, en cuanto una auténtica democracia exige que su sistema político sea votado por el pueblo de modo directo en lugar de ser introducido por la puerta de servicio que en este caso ha venido representada por su inclusión en la Constitución como un artículo más entre otros –o ni siquiera como un artículo sino sólo como el tercer apartado de un artículo[2]



[1] Constitución Española, artículo 62.

[2] Constitución Española, Artículo 1, 3.

 

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* Antonio García Ninet  es Doctor en Filosofía

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