Memoria histórica
con justicia
Carlos Jiménez
Villarejo
El Periódico 4
de Octubre de 2006
A finales del mes de julio, el Gobierno presentaba el proyecto sobre la
pretendida reparación moral de las víctimas de la guerra civil española y la
dictadura. Proyecto no solo decepcionante, sino también injusto con dichas víctimas.
Y que no puede, como pretende, "fomentar la cohesión y la solidaridad
entre las diversas generaciones de españoles". La causa es que parte de un
planteamiento histórico e ideoló- gico erróneo.
El primer error, expresado
en el artículo 2, es referirse a la República, ya producida la sublevación
militar, como un "bando". Según la Real Academia Española, bando
significa "facción, partido, parcialidad". No es en modo alguno
admisible que se utilice un término peyorativo, hasta injurioso, para describir
las instituciones legítimas de la República. No hubo dos bandos: había un
Estado democrático y, frente a él y contra él, unos militares facciosos que
se levantaron en armas. Es un planteamiento que vicia el proyecto desde su
origen, porque, bajo una apariencia de distanciamiento y neutralidad histórica,
trata como si fueran iguales al Estado democrático y a los golpistas.
Como consecuencia de tal
planteamiento, el proyecto contiene un pronunciamiento, además de profundamente
conservador, ofensivo para la memoria de las instituciones republicanas. Afirma,
de forma general, "el carácter injusto de las condenas y sanciones (...)
producidas, por razones políticas o ideológicas, durante la guerra
civil". De manera que para el Gobierno merecen el mismo reproche, ser
tachadas de "injustas", las medidas de defensa de la legalidad democrática
adoptadas por Gobierno republicano, por muy excepcionales que fuesen, y la
represión despiadada impuesta por los sublevados y ejecutada por los consejos
de guerra y los tribunales especiales, radicalmente carentes de legitimidad y de
cualquier asomo de garantías y de legalidad. Sobre todo cuando, durante ese
periodo, ciertos dirigentes republicanos, como el ministro de Justicia Irujo
(PNV), fueron especialmente vigilantes con el respeto de las garantías en el
funcionamiento de los Tribunales Populares.
ASÍ RESULTA si se analiza su actuación desde el 17 de mayo de 1937. Los
decretos que dictó el 22 y 29 de junio y el 6 de agosto acreditan su preocupación
--incluso en una situación tan adversa-- por lograr que en dichos tribunales y
en los jurados de urgencia se acentuara la presencia de jueces y fiscales de
carrera, para que fuesen progresivamente integrados en la administración de
justicia ordinaria y para que el procedimiento judicial se ajustase a las
mayores garantías posibles. ¿Quién puede atreverse a equiparar estas medidas
con el terror impuesto por los tribunales fascistas? El texto del Gobierno es un
modo tácito de atribuirles las mismas responsabilidades e iguales abusos a
quienes gobernaban legítimamente que a los sublevados.
El proyecto, además,
rechaza cualquier forma de declaración de nulidad radical de las sentencias
dictadas por el aparato represor instituido por Franco en el decreto 55
de del 1 de noviembre de 1936 y en disposiciones posteriores, ya concluida, si
es que cabe hablar así, la contienda militar. Comete un gravísimo error. En su
lugar, las "personas afectadas" y sus familiares pueden acudir a un
procedimiento administrativo ante una comisión interministerial para solicitar
que un consejo de cinco personalidades elegidas por el Congreso de Diputados
declare, en su caso, si "las ejecuciones, condenas o sanciones sufridas son
manifiestamente injustas".
Francamente, la respuesta
que se les ofrece no puede ser más pobre e insuficiente. Pero, sobre todo, no
puede pretenderse que los miles y miles de perseguidos, depurados, torturados,
privados de libertad, sometidos a trabajos forzosos y fusilados o sus familias
deban ahora, después de todo el sufrimiento padecido, acudir a que se reconozca
de forma muy moderada que fueron injustamente perseguidos, cuando es evidente
para ellos, para todos los demócratas y para la comunidad internacional que
fueron víctimas de un genocidio.
Porque todas las
sentencias, sin excepción, dictadas por el aparato represor franquista, sin
necesidad de que medie un reconocimiento individualizado que lo declare, eran
"contrarias a los derechos y libertades que constituyen el fundamento del
orden constitucional hoy vigente". Por tanto, solo cabe su declaración de
nulidad, porque esa pretendida declaración mantiene la plena validez de todas
ellas.
FINALMENTE,la limitación de la declaración de reparación a las resoluciones
"manifiestamente injustas" suscita una honda preocupación. Porque
permite deducir y admitir que durante la dictadura pudo haber sanciones y
condenas que no fueron tan injustas o que, en ciertas circunstancias, llegaron a
ser justas. Y, en consecuencia, no merecerían ningún reproche ni, desde luego,
que las víctimas fuesen reparadas. El reconocimiento de esta posibilidad es
tanto como otorgar cierto grado de legitimidad a las instituciones fascistas y a
sus decisiones. Si ya es grave que se pongan en duda los valores del orden
republicano, no puede aceptarse de ningún modo que durante la dictadura la
represión política o ideológica pudiera justificarse.
Las víctimas del
fascismo, como ha dicho el jurista Martín Pallín, merecen algo más,
mucho más, que un "certificado de buena conducta". Por todo ello, el
proyecto debería ser retirado o sustancialmente modificado. Así lo exige la
honradez histórica y el respeto a la memoria de las víctimas.
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* Exfiscal
jefe anticorrupción