¿Son los
derechos humanos verdades absolutas? ¿Deben
someterse a votación? ¿Debe ser la Declaración
Universal de los Derechos Humanos vinculante? ¿Tiene
la democracia sus límites? El debate entre aquellos
que defienden la universalidad y atemporalidad de
ciertos principios éticos (los derechos humanos) y
aquellos que defienden el relativismo cultural, la
ausencia de dichos principios universales, es un
debate que no está ni mucho menos resuelto (si es
que alguna vez será posible resolverlo).
Incluso aun admitiendo la existencia de principios
universales en cierta época, tampoco está clara su
atemporalidad. Sin embargo, parece que poco a poco
se va extendiendo la idea de que sí existen dichos
principios universales. La Declaración Universal de
los Derechos Humanos (cuyos claros antecedentes
fueron la Declaración de Derechos de Virginia de
1776 y la Declaración de los Derechos del Hombre y
del Ciudadano francesa de 1789), redactada por un
comité de “sabios” de la ONU y aprobada
mayoritariamente por ésta, supuso un avance
importante para la humanidad.
A pesar de sus defectos, supone el reconocimiento
formal para todos los seres humanos, por igual, de
ciertos derechos irrenunciables e inalienables. De
hecho, se han convertido en referencia a nivel
internacional.
La mayoría de las constituciones de los países
llamados democráticos los recogen, en mayor o menor
medida. El problema es que no se aplican en la
práctica o se aplican insuficientemente o
parcialmente. La existencia de tribunales
internacionales, como la Corte Penal Internacional
de La Haya, implica la aceptación de ciertos
principios éticos que trascienden fronteras. Porque
si no, ¿cómo podemos explicar la existencia de
delitos de lesa humanidad o de crímenes de guerra? -->
¿Es legítimo, tiene sentido, que dichos principios
se sometan a votación? Y en caso afirmativo, ¿quién
debe participar en dicha votación? Es decir, si
admitimos que son verdades absolutas, ¿tiene sentido
someterlas a votación? Y si, por el contrario,
admitimos que, en vez de verdades, son simplemente
normas básicas de convivencia que atañen a todos los
seres humanos, ¿no deben ser todos ellos los que
tengan derecho a decidir sobre ellas?
Si como dice la declaración de la ONU, la libertad,
la justicia y la paz en el mundo tienen por base el
reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los
derechos iguales e inalienables de todos los
miembros de la familia humana y si como afirma dicha
declaración, es esencial que los derechos humanos
sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de
que el hombre no se vea compelido al supremo recurso
de la rebelión contra la tiranía y la opresión, ¿no
sería lógico que la aplicación de los derechos
humanos fuese obligatoria para todos los seres
humanos? ¿No es contradictorio que dicha declaración
diga eso, y al mismo tiempo, no sea vinculante? ¿No
sería lógico que si reconocemos que dichos derechos
son intrínsecos al ser humano, se aspire a llevarlos
a la práctica por un régimen de Derecho? ¿No sería
lógico que si hay ciertas cuestiones que competen al
conjunto de la humanidad, sean legisladas por el
conjunto de la misma? ¿Debe existir un Derecho
internacional?
La verdad no tiene sentido someterla a votación. Que
la mayoría decida algo no lo convierte
necesariamente en verídico. Durante milenios la
humanidad creía que la Tierra era el centro del
Universo y esto era completamente falso. Un
científico no somete su teoría a votación para
dilucidar si es verídica o no. Una teoría científica
se considera correcta cuando ha sido posible
demostrar su veracidad (viendo si en el campo de la
pura teoría no es contradictoria o no conduce a
incongruencias y sobre todo contrastándola con la
práctica, con el experimento, con la observación).
¿Pero esto mismo puede aplicarse a las verdades
relacionadas con los seres humanos, con su
convivencia? ¿Cómo podemos saber si mis
aseveraciones teóricas son verídicas? Si el enfoque
que utilizo es incorrecto, o si parto de hipótesis
falsas (o que no se puede saber si son falsas, es
decir, si no son falsables), o si mis razonamientos
contienen incoherencias o contradicciones, o si no
concuerdan con la práctica, con lo observado,
entonces las conclusiones a las que llego son
erróneas o no puede asegurarse que sean correctas.
Sin embargo, las “ciencias humanas” no son exactas,
ciertas verdades hoy pueden ser mentiras mañana,
ciertas verdades para unos pueden ser mentiras para
otros, ciertas verdades en una cultura son mentiras
en otra. La sociedad humana, la sociedad de
cualquier especie más o menos inteligente, es
compleja, es cambiante. Sus normas, sus leyes,
cambian, evolucionan. Si aceptamos que la naturaleza
tiene leyes universales inmutables, no parece que
pueda decirse lo mismo respecto de la sociedad
humana.
O bien, si asumimos incluso que la propia naturaleza
cambia sus leyes, si admitimos que el cambio es
inevitable también en la propia naturaleza (aunque
nosotros no hayamos sido capaces de percibirlo
todavía, aunque las leyes de la física que pensamos
atemporales sean sólo válidas para la época actual),
entonces podemos decir que las leyes de ésta cambian
con una frecuencia mucho menor que las leyes de la
sociedad humana. El mundo biológico evoluciona a una
velocidad mucho mayor que la materia inerte. La
sociedad humana evoluciona a un ritmo mucho más
rápido que cualquier otra sociedad de otra especie
(por lo menos del planeta Tierra) y por supuesto que
la naturaleza “muerta”. Por tanto, por lo que
respecta a los seres humanos, aparte de ciertas
verdades relativas (que dependen del espacio y del
tiempo), ¿hay también verdades absolutas?
Evidentemente, aparentemente, sí. No podemos huir de
la ley básica de que nacemos, crecemos y morimos
(como el resto de seres vivos). Pero esto que nos
parece ahora tan evidente, tan verídico, puede que
no lo sea en el futuro si aprendemos a controlar
dicho ciclo de vida-muerte. De hecho, hemos
conseguido retrasar nuestra cita con la muerte, la
esperanza de vida ha aumentado notablemente a lo
largo de la historia. Ya se habla de que en el
futuro podremos vivir más de un siglo. Incluso se
especula con la posibilidad de conseguir la
inmortalidad, la eterna juventud. Ya estamos jugando
con el proceso básico de la vida, algo que nos
parecía impensable hace no tanto.
Por consiguiente, verdades que nos parecen ahora
mismo absolutas, inmutables, indiscutibles, puede
que en realidad no lo sean. Según lo veo yo, el
marco de referencia ético de la sociedad humana
sería absoluto si lo analizamos con una ventana
temporal "estrecha" (los valores morales son más o
menos fijos para cierta época y para cierta
cultura), pero cambia lentamente, y a veces
imperceptiblemente, si lo analizamos a lo largo de
la historia, e incluso en algunas épocas de
profundos cambios, épocas de transición como la
actual, dicho marco cambia en muy poco tiempo, se
vuelve inestable. Esto provoca crisis de valores
morales o de principios.
Los valores morales son como las montañas, en
nuestras cortas vidas humanas nos parecen
inmutables, pero para la vida de nuestro planeta,
como todo, cambian, aunque en algunos “instantes”
(geológicamente hablando) se produzcan cataclismos.
Su naturaleza estática o dinámica depende de la
escala temporal considerada y de lo convulsa que sea
la época analizada. Asumir que existen ciertos
principios universales equivale en realidad a asumir
que todos los seres humanos, a pesar de ciertas
diferencias culturales, somos en esencia iguales o
muy parecidos. La cuestión radica en fijarnos más en
lo que nos es común que en lo que nos diferencia.
Existen ciertos valores que dependen de las
culturas, verdades relativas, pero también existen
valores que dependen de la especie, no de las
culturas, verdades absolutas, válidas para todos los
seres humanos. ¿Son los derechos humanos verdades
absolutas? Hay ciertos derechos que, en la
actualidad, parecen asumidos por la inmensa mayoría
de los seres humanos (aunque no se han sometido a
votación directa de todos ellos), y hay otros
derechos (o presuntos derechos) donde no parece
haber dicha unanimidad o dicha aceptación (están en
la "frontera").
Uno de ellos sería el derecho de autodeterminación.
Lo mismo podría decirse de la eutanasia, de la pena
de muerte o del aborto. Por esto es por lo que en
estos casos puede aplicarse el concepto de opinión,
la verdad es sustituida por la opinión, la verdad es
todavía relativa, no ha alcanzado aún el status de
absoluta. En épocas de intensos cambios como la
actual existen ciertos principios que están en
proceso de transformación, ciertas verdades que se
van abriendo camino. Pero si no fuera posible
demostrar ciertas verdades “humanas” (aunque
existan) entonces parece que lo más ético, lo más
seguro para la especie, sería establecer los
principios básicos de convivencia por mayoría, pero
¿quién debería decidir sobre los principios que
atañen a todos los seres humanos? ¿Es ético y
democrático que sean establecidos por ciertos
“sabios”? ¿Es ético y lógico que un subconjunto de
la especie los pueda obviar?
Por consiguiente, si es posible establecer
(demostrar) ciertas verdades absolutas relacionadas
con los seres humanos, entonces no tiene sentido
someterlas a votación. Simplemente, como toda
verdad, deben abrirse camino. Las verdades nunca se
imponen, tampoco se votan o someten a la decisión
mayoritaria, sino que se van abriendo camino, la
gente se va convenciendo de ellas. La verdad se
demuestra y se transmite, pero nunca se somete a
votación. Es totalmente absurdo. Nosotros no
elegimos las leyes de la naturaleza.
En este aspecto la naturaleza, las verdades
absolutas, son poco "democráticas". Pero la verdad,
no se abre camino por sí misma. Sobre todo cuando la
verdad está "secuestrada" por aquellos que necesitan
de la mentira para perpetuarse en sus privilegios.
¿O es que vamos a negar a estas alturas que no ha
existido la Inquisición ("y sin embargo, se mueve",
decía Galileo)? ¿O es que vamos a negar la
existencia de la censura? ¿O es que vamos a obviar
la manipulación sistemática de la verdad por parte
de los medios de comunicación de masas? La verdad se
abre camino poco a poco por la LUCHA personal de
ciertos seres humanos que se empeñan en que se abra
camino. Si los derechos humanos son verdades
absolutas entonces es un contrasentido que hayan
sido sometidos a votación. Si dichas verdades van
siendo asumidas progresivamente por la sociedad,
entonces ésta establecerá normas de convivencia
acorde con ellas. Y si no es posible establecer
ciertas verdades absolutas relacionadas con las
sociedades humanas, pero asumimos que todos los
seres humanos tienen ciertas características
comunes, intrínsecas a su especie, entonces debemos
admitir que debe haber ciertos derechos
fundamentales, ciertas normas de convivencia
generales que afectan todos ellos. En este caso sí
tiene sentido someter dichos principios a votación.
Pero asumir que existen ciertos derechos comunes a
todos los seres humanos implica reconocer que la
soberanía sobre el establecimiento de las normas que
se basen en ellos reside en toda la humanidad. Es
decir, si admitimos que existen los derechos
humanos, y si admitimos también que no son verdades
absolutas, sino simplemente ciertas normas de
convivencia comunes a toda la humanidad, entonces
corresponde a la humanidad entera su legislación y
su aplicación práctica. En este caso no es un
contrasentido que hayan sido sometidos a votación
por la ONU (aunque sería deseable que fueran votados
por toda la humanidad directamente). Pero lo que sí
es una contradicción es que dichas normas no sean
vinculantes o su aplicación se deje a libre elección
de los Estados. Los derechos humanos no son
competencia de un solo Estado o conjunto de Estados,
sino de la humanidad entera. Los Estados no tienen
derecho a la autodeterminación en asuntos
relacionados con los derechos humanos.
Todo este razonamiento no es válido si asumimos,
como dice el relativismo cultural, que no existen
principios generales (ya sean verdades o normas)
aplicables a todas las culturas. Sin embargo, si se
produce una uniformización de las culturas, una
globalización cultural, y por tanto también de los
valores morales, entonces la existencia de derechos
humanos universales (aplicables a toda la humanidad)
no entraría en contradicción con el relativismo
cultural. Seguiría siendo válida la teoría de que no
hay principios universales (aplicables a todas las
culturas), pero al tender la humanidad hacia UNA
cultura, tiende a UN gobierno, a UNAS normas de
convivencia. El relativismo cultural seguiría siendo
válido si lo aplicáramos por ejemplo a otra especie.
Probablemente el encuentro con otra sociedad
inteligente de otro planeta nos confirmaría la
validez de dicha teoría, sería muy probable que
dicha especie extraterrestre tuviera unos principios
éticos distintos a los nuestros. Entre otras cosas
porque los principios cambian con el tiempo y las
distintas civilizaciones no tendrían el mismo
estadio evolutivo. De esta manera podría conciliarse
dos posiciones aparentemente contrapuestas, la de la
universalidad de los derechos humanos (que en
realidad se referiría a la uniformización de ciertos
principios de una especie cuando ésta consigue
cierto grado de desarrollo) y la del relativismo
cultural (que en realidad se referiría bien a
distintas culturas de una misma especie que en
cierto momento aún no ha alcanzado la uniformización
cultural, bien a distintas especies que no han
tenido ningún contacto). Haciendo un símil con la
Termodinámica, así como dos cuerpos con distintas
temperaturas tienden a la misma temperatura cuando
entran en contacto, podríamos decir que el contacto
entre culturas o entre especies inteligentes,
produce un intercambio cultural que a la larga
tiende a uniformizar ambas partes.
Es decir, en un estadio primitivo sería válido el
relativismo cultural pero en un estadio más
evolucionado sería válida la universalización de
ciertos principios. Y en cualquier caso, los cambios
serían inevitables, aunque normalmente, salvo épocas
de aceleración de los mismos, imperceptibles.
Por tanto parece lógico asumir en la actualidad que
existen ciertos principios éticos universales,
aplicables al conjunto de la humanidad, bien porque
son intrínsecos a la especie humana (si asumimos que
hay ciertas verdades absolutas atemporales, aunque
sólo ahora hayamos sido capaces de tomar conciencia
de ellas), bien porque la uniformización cultural
(que en la actualidad parece adquirir cierta
importancia) implica la unificación de los
principios antaño dependientes de cada cultura. Por
lo que a mí respecta, y creo que los acontecimientos
históricos recientes lo demuestran, los derechos
humanos existen y son universales, son aplicables a
toda la especie humana. La humanidad tiende a un
marco común de convivencia a escala planetaria.
Que la Declaración Universal de los Derechos Humanos
no sea aún vinculante, que la ONU no tenga aún un
papel efectivo de árbitro internacional, que dicho
organismo no sea aún realmente democrático, que el
derecho internacional no sea aún más que
prácticamente simbólico, probablemente, no son más
que consecuencias del miedo que tienen los Estados
nacionales actuales a perder su soberanía. Parece
que estamos en un momento de transición en el que
ciertas formas de organización van a dar paso a
otras nuevas como consecuencia de la globalización,
aunque las viejas formas se resisten a morir.
Resulta que los Estados que niegan el derecho de
autodeterminación a otras entidades territoriales de
menor envergadura, lo aplican (y se aferran a no
perderlo) incluso en cuestiones que no les competen
a ellos en exclusiva, es decir que competen a
entidades de mayor envergadura.
Exigen respetar su soberanía y al mismo tiempo la
niegan a otras entidades y para colmo se
autodeterminan en cuestiones básicas como los
derechos humanos, reconocidos por los mismos Estados
como universales. Los Estados actuales monopolizan
el derecho de autodeterminación. Esta aparente
contradicción por parte de los Estados de reconocer
que hay ciertos principios universales pero al mismo
tiempo reservarse el derecho de someterse a ellos o
no, se resolvería en cuanto los Estados cedieran
parte de su soberanía (la que compete a toda la
humanidad y no sólo a una parte de ella) a quien
corresponde, es decir, a la ONU o al Estado mundial
del que hablo en mi libro Rumbo a la democracia. La
forma ideal de que dichos principios universales,
los derechos humanos, vayan siendo asumidos por el
conjunto de la humanidad, es permitiendo que toda
ella participe en su elaboración, es fomentando el
debate a nivel mundial, no sólo en los organismos,
sino también en los medios de comunicación, en las
escuelas, etc.
La verdad debe irse abriendo camino poco a poco.
Pero también debe ser cuestionada. La verdad siempre
debe estar sujeta a recuestionamiento, a prueba. O
bien, si consideramos a los derechos humanos no como
verdades absolutas sino como normas de convivencia
básicas comunes a todos los seres humanos, entonces
todos éstos deben decidir sobre los mismos. La mejor
forma de garantizar el cumplimiento de los derechos
humanos es, por un lado que la mayoría de la
población los vaya asumiendo, comprendiendo,
aplicando y exigiendo en su vida cotidiana, y por
otro lado, que los organismos, especialmente los
internacionales, los vayan fomentando, los vayan
legislando. Y esto supone, en determinado momento,
hacer que la Declaración Universal de los Derechos
Humanos sea vinculante para toda la humanidad. Es
decir, el Derecho internacional debe ser real y
efectivo.
El fin último de la democracia es la garantía de los
derechos humanos. Por consiguiente, si admitimos la
universalidad de éstos, entonces debemos admitir
también la universalidad de la democracia, de sus
principios básicos. Es decir, la democracia tendría
un marco de referencia absoluto que la limitaría.
Sus principios deben ser respetados y no deben
entrar en contradicción. Si cierto grupo humano
decidiera mediante decisión mayoritaria anular o
limitar alguno de sus principios básicos, por
ejemplo la libertad de expresión, entonces no
podríamos considerar al sistema político de dicho
grupo como democrático porque aun cumpliendo alguno
de sus principios, el sufragio universal, se
incumple otro principio elemental relacionado con
libertades fundamentales. La democracia debe
propugnar la hegemonía de la mayoría pero al mismo
tiempo debe proteger a las minorías de la “tiranía
de la mayoría”. Es decir, la democracia tiene
ciertas reglas básicas que no pueden ser sometidas a
votación.
La lucha de la humanidad para que los derechos
humanos sean una realidad para todos los seres
humanos implica primero que sean reconocidos
universalmente (esto ya se consiguió en la
declaración de la ONU), pero también implica que
dichos derechos no se queden en papel mojado. Y para
esto es imprescindible, por un lado que la
Declaración Universal de los Derechos Humanos sea de
obligado cumplimiento para todos los Estados, pero
también implica que los Estados que ya los
reconocen, en mayor o menor medida, en sus
constituciones, los apliquen en la práctica. Es
decir, esta batalla es teórica y práctica. Deben
estipularse leyes nacionales (supeditadas a las
internacionales) que los reconozcan adecuadamente y
además deben establecerse los mecanismos necesarios
para que sean además de formales, de facto.
Como expreso en mi libro, el desarrollo de la
democracia implica, entre otras muchas cosas, una
Constitución que garantice los pilares de la
democracia (separación de poderes, elección de los
cargos públicos, etc.) y sobre todo que garantice
los derechos humanos, estableciendo límites a los
mismos para poder compatibilizarlos, haciendo
especial hincapié en dar prioridad a los derechos
más básicos. Si es evidente que hay necesidades
humanas más básicas que otras y es evidente que los
derechos humanos tratan de garantizar la
satisfacción de dichas necesidades, entonces es
evidente que hay derechos más básicos (más
importantes) que otros. Muchas democracias actuales
dan una preponderancia exagerada a ciertos derechos
(a los que normalmente sólo puede acceder una
minoría privilegiada) en detrimento de otros
derechos más básicos de la mayoría de la población.
Debe llegarse a un “equilibrio” para garantizar un
mínimo cumplimiento de todos los derechos pero a su
vez para dar prioridad a ciertos derechos
fundamentales sobre otros más “secundarios”. Los
derechos básicos relacionados con la subsistencia o
las libertades fundamentales deberían estar siempre
garantizados (derecho a la alimentación, a la
vestimenta, a la vivienda, al trabajo, a la
educación, a la sanidad, a la justicia, a la
seguridad, a la libertad de expresión, a la libertad
de pensamiento, a la libertad de reunión, a la
información, etc.) y tener la máxima prioridad. Por
ejemplo, el derecho a la propiedad privada (aun
siendo reconocido) no debe eliminar o limitar
excesivamente otros derechos más fundamentales, el
Estado debe establecer una “jerarquía” de derechos
para garantizar sobre todo (aunque no sólo) los más
importantes. Un derecho es más importante cuando
tiene que ver con la satisfacción de las necesidades
(físicas o psicológicas) más básicas y cuando afecta
a muchas personas.
No es posible que los derechos “secundarios” de unos
pocos se impongan sobre los derechos básicos de la
mayoría. No es justo ni lógico. Contradice uno de
los principios básicos de la democracia como es la
preponderancia (no confundir con la falta de
respeto) de la mayoría sobre las minorías. Por
ejemplo, la libertad empresarial de unos pocos no
debe contradecir los derechos laborales de la
mayoría. Como dijo Benjamín Constant, El objetivo es
la seguridad en el goce privado, la libertad es la
garantía dada por las instituciones para ese goce.
La libertad de uno acaba donde empieza la de otro.
Este principio sólo puede llevarse a la práctica
mediante la igualdad de oportunidades. Si no PUEDO
elegir, si no tengo OPCIÓN, entonces realmente no
ELIJO (aunque quiera) y por tanto no soy libre (o
soy mucho menos libre que otro que sí tiene más
opciones, su libertad no acaba donde empieza la mía
porque la mía simplemente no empieza, su libertad
traspasa el límite de la mía). Igualdad y libertad
son dos caras indisociables de los derechos del
hombre. La libertad debe estar “equitativamente
distribuida” entre los individuos de una sociedad.
Como dijo Noam Chomsky, Una libertad sin opciones es
un regalo del diablo. Por tanto, además de
compatibilizar unos derechos humanos con otros, hay
que “democratizarlos” para que TODOS los ciudadanos
tengan las mismas oportunidades reales de tener
acceso a ellos (los derechos humanos son universales
y se reconocen por igual para todos). Se trata de
cumplir en la práctica los principios de la
declaración de los derechos del hombre.
Se trata por tanto de dar la importancia adecuada a
cada derecho humano (respecto del resto de derechos)
y de garantizar las mismas oportunidades de acceso a
cada derecho. Este doble desafío es ahora mismo
totalmente utópico, pero la utopía es necesaria. No
debemos consentir que se nos venda la idea de que
libertad implica inevitablemente desigualdad porque
es justo lo contrario. No puede existir libertad (en
la vida en sociedad) sin igualdad de oportunidades.
Las grandes desigualdades sociales son realmente
consecuencia del libertinaje (de la desigualdad de
oportunidades, de la preponderancia de unas
libertades “secundarias” de una minoría sobre las
libertades “básicas” de la mayoría, del
“acaparamiento desigual” de las libertades).
Admitiendo que la igualdad absoluta es imposible (y
también injusta), es antinatural, la desigualdad
excesiva tampoco es lógica ni justa ni natural.
No todos tenemos las mismas capacidades, no todos
debemos ganar igual, pero nadie puede trabajar
cientos (ni siquiera decenas) de veces lo que otros
y por tanto tampoco debería ganar cientos (ni
decenas) de veces lo que otros (no digamos ya el
caso de unos pocos que se enriquecen con el trabajo
ajeno). Es lógico que haya ciertas desigualdades
(debido a nuestra desigualdad “natural”) pero no es
lógico que sean excesivas (debido a las
desigualdades “antinaturales”). Los seres humanos
somos distintos pero tampoco demasiado distintos. Es
necesario que la sociedad vuelva a ser “natural”. Si
no, la sociedad está condenada, tarde o pronto, a su
extinción, no se puede ir contra-natura.