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La República federal

Juan E. Casero 

 

La Nueva España 14 de Febrero de 2005

En los estados federales la multiplicación de los estados como formas jurídicas ha preservado la unidad de la nación. Ningún norteamericano, alemán o suizo pone en duda la unidad nacional aunque está construida sobre la base de una pluralidad de estados federados entre sí. España, por su singular configuración histórica, está llamada a una peculiar síntesis de Estado unitario y federal, que desde la Constitución de 1931 inspirada por Jiménez de Asúa podemos calificar de federalismo autonómico. Como decía José Maldonado, último presidente en el exilio de la II República, «el federalismo ha de ser una forma de unión no de desunión».

La I República Federal nació el 11 de febrero de 1873 por la abdicación de Amadeo de Saboya a los dos años de su llegada, exasperado por la desconsideración hacia el monarca del general Serrano y por un ridículo incidente en palacio al presentar al tercer hijo del rey, que se niega a recibir al Gobierno por considerarlo un acto familiar privado. Nicolás María Rivero, presidente del Congreso, se autoproclama presidente de la República en la misma noche del 11 de febrero, pero fracasa por la oposición de Cristino Martos, ministro de Estado de Manuel Ruiz Zorrilla, en el último Gobierno de Amadeo de Saboya. Es elegido presidente el moderado Estanislao Figueras. Celebradas elecciones el 10 de mayo, el 8 de junio es elegido Pi y Margall presidente de la República y Figueras se exilia el día 10 a París. El 12 de julio se subleva el cantón de Cartagena seguido de Alcoy y Málaga. Para contener la sublevación Pi y Margall propone el 15 de julio un Gobierno de conciliación federal de todos los sectores de su partido y la aprobación inmediata de una Constitución «de arriba abajo», que es rechazada. El 18 de julio es elegido presidente Nicolás Salmerón, catedrático krausista de Metafísica. El 19 de julio se proclaman cantones independientes Sevilla, Cádiz, Valencia, Almansa y Torrevieja. El día 20 de julio, Castellón y Granada. El día 22 de julio, Béjar, Bailén, Andújar, Tarifa y Algeciras. La rápida acción del general Pavía el 23 de julio impide que se proclame Córdoba. A finales de agosto sólo resisten Málaga y Cartagena.

Según Hennessy («La República federal en España», 1966), en el Partido Republicano Federal convivían dos corrientes enfrentadas entre sí. La corriente federal pura exigía la reconstitución del Estado «desde abajo» a través de pactos libres entre los territorios históricos. La corriente autonómica pretendía un federalismo nacido de una descentralización «desde arriba». Frente al federalismo, el Partido Carlista se oponía con contumacia a la democracia liberal y defendía el antiguo régimen foral predemocrático que hacía descansar la unidad de la monarquía hispana en un pacto entre el monarca absoluto y cada territorio histórico. De ese confuso residuo del Antiguo Régimen trae su causa la disposición adicional primera de la Constitución de 1978 impuesta por el nacionalismo vasco, que debe ser interpretada como una disposición transitoria ya cumplida a través del Estatuto de Guernica. El PNV es una continuación anacrónica del carlismo.

El 6 de septiembre de 1873, dimite y se exilia Salmerón por no sancionar una pena de muerte. Es elegido presidente Emilio Castelar en lugar de Pi y Margall, derrotado en la votación. Se suspenden las garantías constitucionales, pero cuando Castelar pide el voto de confianza a las Cortes el 3 de enero 1874, pierde la votación de madrugada por 120 votos contra 100, y el general Pavía ordena a las tropas entrar en el Congreso para impedir la vuelta de Pi o Salmerón. Pavía exige de inmediato la formación de un Gobierno de salvación nacional. Es elegido presidente de una República unitaria el viejo general Serrano, en un Gobierno con Sagasta por los progresistas, Echegaray y Martos por los demócratas y García Ruiz por los republicanos unitarios. El 29 de diciembre de 1874 se pronuncia en Sagunto Martínez Campos y restaura la monarquía en la persona del joven rey Alfonso XII. La revolución había terminado. De la España federal sólo subsistía la ley Paccionada de Navarra de 1839, que nunca ha puesto en duda la unidad nacional.

Desde el fin de la I Guerra Carlista(1837), sellado por el abrazo entre Maroto y Espartero, Navarra mantuvo un peculiar régimen foral en una ley Paccionada (1839) que nominalmente permitía a su Diputación Foral vetar las normas del Estado que atentasen contra sus fueros. Eso significa que España, desde 1839, fue un Estado federal nominal. En latín «foedus» significa pacto. Ley Paccionada es sinónimo de ley federal. «Pro libertate patriae gens libera state». Es el lema de la Junta de Infanzones de Obanos del siglo XIII que hace suyo la Diputación Foral de Navarra. El federalismo es un instrumento político de la nación, no su negación.

De la olvidada I República federal ha quedado una lección profunda. Sin una forma propia de federalismo funcional adaptada a su historia, es imposible mantener unida España. Pero ha de ser el federalismo autonómico de Pi y Margall, no el de Proudhon. Basta leer a Hennessy.

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