PEQUEÑOS APUNTES SOBRE LAICIDAD

  La laicidad en su forma actual es un concepto casi reciente puesto que corno tal se institucionalizó en Francia en 1905 con la separación de la Iglesia y el Estado. Fuera de Francia es bastante mal conocida hasta el punto que los términos laico, laicidad, laicismo, etc. no tienen traducción a la mayoría de los idiomas, usándose en sus textos en francés. 

La reivindicación del laicismo debería hacerse esencialmente allí donde las Iglesias y sobretodo la católica, apostólica y romana ha querido imponer su poder totalitario, en su más estricto sentido, englobando todos los aspectos de la sociedad civil, política y económica en su beneficio propio para convertirse en un PODER. 

No existe nada más que una laicidad. A ésta, no se la puede adjetivar como ”nueva” o “plural”. La laicidad es un conducta que reposa sobre los conceptos humanistas forjados en el curso de la Historia; ella es una afirmación de sentido y de valor al servicio de la libertad individual; ella es la mejor garante de la paz civil; ella porta en sí misma una moral personal y una ética social; ella es voluntad de resistencia a la comodidad del Pensamiento Único. 

La laicidad no es un hecho retrógrado, más bien es una idea de progreso aplicable a todos los campos que se abren a la sociedad

La laicidad es una regla de vida en una sociedad democrática; ella impone que le sean dadas a los hombres, sin distinción de clase, origen o confesión, los medios necesarios para ser ellos mismos, libres de compromisos, responsables de su propio desarrollo y dueños de su destino. 

El humanismo laico, reposa sobre el principio de la libertad absoluta de conciencia, libertad del espíritu, emancipación más allá de todos los dogmas, el derecho a creer o no creer en Dios, de la autonomía del pensamiento, cara a las obligaciones religiosas, políticas y económicas; la libertad de los modos de vida, referentes a los tabúes, a las ideas dominantes y a las reglas dogmáticas. 

La laicidad es un cuadro legal, una regla de juego; sus puntos de vista son aplicables al conjunto de los cuerpos sociales, Ella no es el resultado de contratos evolutivos entre comunidades o grupos. 

Más allá de los principios, la laicidad es una actitud en la que los campos de actuación cubren todos los aspectos de la sociedad. 

El principio de estatus cívico, jurídico e institucional es muy simple: reposa sobre la clara distinción para cada ciudadano entre una esfera pública y una esfera privada. 

La esfera privada o personal, es la de la libertad absoluta de conciencia donde se expresan las convicciones filosóficas, metafísicas, las creencias, las prácticas religiosas eventuales y las formas de vida comunitarias. 

La esfera pública, es donde el ciudadano evoluciona socialmente, económicamente, políticamente y jurídicamente. Las reglas están claramente definidas y basadas en los Derechos del Hombre. Ningún grupo, ningún partido, ninguna secta, ninguna iglesia debe pretender penetrar a la fuerza y captar para su beneficio el funcionamiento de la sociedad republicana como tal definida. 

La separación de las Iglesias y el Estado, es la piedra angular de la laicización de la sociedad. Ella no deberá permitir ni excepciones ni modulaciones o distribuciones Su totalidad y su integridad son la condición de su existencia en si misma, Esta es la única forma de permitir a cada uno, creer o no creer, liberando a las Iglesias de las lógicas uniones convencionales con el Estado. 

Si las Iglesias quieren existir, que los fieles les proporcionen los medios, en tanto que la religión es un asunto privado y cómo tal de convicción personal. 

El Estado debe garantizar la total libertad de cultas al igual que las libertades de expresión y difusión del pensamiento. 

El Estado no favorecerá a ninguna Iglesia o comunidad y, menos, financiera o políticamente. Más bien, no corresponderá al Estado la función de regular las relaciones entre Iglesias a partir del hecho de que no reconoce a ninguna. 

 

Eduardo Calvo García

  

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