PEQUEÑOS
APUNTES SOBRE LAICIDAD
La
laicidad
en
su forma actual
es un concepto casi
reciente puesto que corno
tal se
institucionalizó en Francia en 1905 con la separación de
la Iglesia y el Estado.
Fuera de
Francia es
bastante mal conocida
hasta
el punto que los términos
laico, laicidad, laicismo, etc. no tienen traducción a la mayoría de
los idiomas, usándose
en
sus textos en francés.
La
reivindicación del
laicismo debería
hacerse esencialmente
allí
donde las Iglesias y
sobretodo la católica,
apostólica y romana
ha querido imponer su poder totalitario, en
su más estricto sentido, englobando
todos los aspectos de la sociedad civil, política y económica en
su beneficio propio
para convertirse en un PODER.
No
existe nada más que una laicidad. A ésta, no se la puede adjetivar
como
”nueva” o “plural”.
La
laicidad es un
conducta que reposa sobre los conceptos humanistas forjados
en el curso de
la
Historia; ella es una
afirmación de sentido y
de valor al
servicio
de la libertad
individual; ella es la
mejor garante de la paz
civil;
ella porta en sí misma
una moral personal y una ética social; ella es voluntad
de resistencia a la comodidad
del Pensamiento Único.
La
laicidad no
es
un hecho retrógrado,
más
bien es una idea
de progreso aplicable
a todos los campos
que se abren
a la sociedad.
La
laicidad es una regla de
vida en una sociedad
democrática; ella impone que
le sean dadas
a los
hombres,
sin distinción de
clase, origen o
confesión, los
medios necesarios para ser
ellos
mismos, libres de
compromisos, responsables de
su propio desarrollo
y dueños
de su destino.
El
humanismo laico, reposa sobre el
principio de la libertad absoluta de conciencia,
libertad del espíritu,
emancipación más allá de todos los dogmas, el derecho a creer o no creer en
Dios, de la autonomía del pensamiento, cara a las obligaciones religiosas, políticas
y económicas; la libertad de los modos de vida, referentes a los tabúes, a las
ideas dominantes y a las reglas dogmáticas.
La
laicidad es un cuadro legal, una regla de juego; sus puntos de vista son
aplicables al conjunto de los cuerpos sociales, Ella no es el resultado de
contratos evolutivos entre comunidades o grupos.
Más
allá de los principios, la laicidad es una actitud en la que los campos de
actuación cubren
todos los aspectos de la sociedad.
El
principio de estatus cívico, jurídico e institucional es muy simple: reposa
sobre la clara distinción para cada ciudadano entre una esfera pública y una
esfera privada.
La
esfera privada o personal, es la de la libertad absoluta de conciencia donde se
expresan las convicciones filosóficas, metafísicas, las creencias, las prácticas
religiosas eventuales y las formas de vida comunitarias.
La
esfera pública, es donde el ciudadano evoluciona socialmente, económicamente,
políticamente y jurídicamente. Las reglas están claramente definidas y
basadas en los Derechos del Hombre. Ningún grupo, ningún partido, ninguna
secta, ninguna iglesia debe pretender penetrar a la fuerza y captar para su
beneficio el funcionamiento
de la sociedad
republicana como tal definida.
La
separación de las Iglesias y el Estado, es la piedra angular de la laicización
de la sociedad. Ella no deberá permitir ni excepciones ni modulaciones o
distribuciones Su totalidad y su integridad son la condición de su existencia
en si misma, Esta es la única forma de permitir a cada uno, creer o no creer,
liberando a las Iglesias de las lógicas uniones convencionales con el Estado.
Si
las Iglesias quieren existir, que los fieles les proporcionen los medios, en
tanto que la religión es un asunto privado y cómo tal de convicción personal.
El
Estado debe garantizar la total libertad de cultas al igual que las libertades
de expresión y difusión del pensamiento.
El
Estado no favorecerá a ninguna Iglesia o
comunidad y, menos,
financiera o políticamente. Más bien, no corresponderá al Estado la función
de regular las relaciones entre Iglesias a partir del hecho de que no reconoce a
ninguna.
Eduardo
Calvo García