Gerardo Pisarello/Jaume Asens
Rebelión
22 de mayo de
2008.
Con la polémica sobre injurias a la corona
todavía viva, la condena a 31 meses de
prisión a Francesc Argemí, el joven
independentista catalán que descolgó una
bandera española en Terrassa, ha reabierto
el debate sobre la protección de las
instituciones y símbolos del Estado. Los
defensores de la sanción a ‘Franki’, entre
los que han despuntado algunos conspicuos
dirigentes del Partido Popular, señalan que
la protección reforzada de la bandera
española es necesaria para garantizar la
convivencia y la unidad nacional. También
sostienen que quienes atentan contra ella
son “radicales” que no expresan ideas sino
que incurren en actos de “incitación a la
violencia”. Este tipo de juicios, sin
embargo, oculta hechos e incurre en dobles
raseros difíciles de soslayar.
El más evidente es que la bandera española, al
igual que la unidad del Estado, no se encuentran
desprotegidas sino celosamente blindadas por el
sistema político. En primer lugar, por lo que el
británico Michael Billing ha llamado el
“nacionalismo banal”. Este tipo de nacionalismo
pocas veces es admitido por quienes lo ejercen.
No obstante, opera a través de mecanismos
cotidianos como la presencia de los símbolos del
Estado en edificios oficiales, monedas,
competiciones deportivas o sencillamente en el
vocabulario asumido acríticamente por medios de
comunicación, políticos y personajes públicos,
entre otros. En segundo lugar, por el propio
aparato coactivo estatal. Según la ley de
banderas de 1981, la insignia española es signo
de “unidad e integridad de la patria”. La
preservación de estos valores es la finalidad
que la Constitución española encomienda al
ejército en su artículo 8, un precepto sin
parangón en el ámbito europeo que reproduce casi
sin modificaciones el artículo 38 de la Ley
Orgánica del Estado franquista. También son
éstos los bienes jurídicos que protege el delito
de ultraje a la bandera. No por casualidad, este
tipo penal se encuentra sintomáticamente situado
junto al de “ofensas a España”, y sus orígenes
pueden rastrearse en la Ley de seguridad del
Estado franquista, de 1941. Esta normativa fue
profusamente utilizada para perseguir los
llamados actos de traición espiritual a la
Nación española, como las proclamas de “vivas” o
“mueras”; las primeras, generalmente, referidas
a Euskadi, Cataluña o Galicia, y las segundas, a
España.
En
teoría, también las banderas autonómicas gozan,
en la actualidad, de protección jurídica. En la
práctica, no obstante, los únicos agravios
perseguidos, presentados como desórdenes
públicos y sancionados de manera ejemplar, son
los relacionadas con la bandera bicolor. Toda la
jurisprudencia del delito hace referencia a
ultrajes a la nación española o al sentimiento
de su unidad indivisible. En cambio, los grupos
de extrema derecha que ultrajan símbolos
catalanes o vascos, a menudo de forma
disruptiva, rara vez suelen tener problemas con
la justicia.
La
asimetría es evidente y la propia ley da pie a
que se produzca. En 2002, el Partido Popular
impulsó un pacto con el PSOE que asegurara la
presencia en la Plaza Colón de Madrid de una
bandera española de casi trescientos metros
cuadrados en un mástil de cincuenta metros de
altura. El objetivo era que el ejército la
izara, entre otros actos, durante el onomástico
de Juan Carlos I y el día de la Hispanidad,
hasta hace poco conocido como Día de la Raza. De
esa manera, se intentaba reflejar el “lugar
preferente y de honor” que la ley de 1981
reserva a la bandera española en relación con
cualquier otra autonómica, que nunca “podrán
tener mayor tamaño” (artículo 6).
Los
intentos de minimización de los símbolos
autonómicos se extienden igualmente a otros con
importante carga histórica, como los
republicanos. El republicanismo, como el
independentismo, son idearios políticos
considerados legítimos por el propio sistema
constitucional español. A pesar de ello, el
Ministerio Fiscal solicitó recientemente una
severa pena de prisión para el activista
madrileño Jaume d’Urgell, quien, en un acto
simbólico de “restitución democrática”,
sustituyó en un edificio público la bandera
rojigualda por una tricolor. Hace poco, también,
la Guardia Civil irrumpió en un local de
Izquierda Unida en Medina Sidonia, Cádiz, para
incautar una bandera republicana por su supuesta
“inconstitucionalidad”. Todo esto mientras la
bandera franquista –la que lleva el escudo con
el águila de San Juan incluida- ondea sin
mayores molestias en manifestaciones de la
Iglesia o de la derecha política, así como en la
fachada de locales regentados por nostálgicos de
la dictadura.
En un
contexto así, presentar la críticas a lo que la
bandera española representa como gratuitas
manifestaciones radicales que incitan a la
violencia resulta un reduccionismo pueril. Más
bien, dichas críticas son la reacción al uso
prepotente y no pocas veces violento de un
símbolo que, aunque remozado, sigue
representando para muchos una herencia del
régimen franquista. La utilización de la bandera
como arma arrojadiza por parte de la derecha más
recalcitrante no hace sino confirmar esta
percepción. Basta con la esperpéntica exhibición
del peñón de Perejil o recordar las arengas
patrioteras de Mariano Rajoy cuando pedía “sin
aspavientos, pero con orgullo” sacar a las
calles las banderas rojigualdas para “celebrar”
el 12 de octubre.
En
1989, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos
consideró, en el caso Johnson v. Texas, que la
quema de la bandera por razones políticas debía
entenderse como un ejercicio simbólico de
libertad de expresión y no como un acto de
incitación a la violencia. Hasta el muy
conservador juez Antoni Scalia suscribió el
fallo, que el juez William Brennan motivó con un
argumento decisivo: las críticas a la bandera,
incluida su quema, debían admitirse precisamente
porque la bandera de los Estados Unidos
pretende, ante todo, ser un símbolo de libertad.
Desde entonces, los sectores conservadores han
intentado de manera infructuosa impulsar una
reforma constitucional de la Primera Enmienda
que desactivara este precedente. Cuando se
coteja esta realidad con la española, los
interrogantes son inevitables: ¿qué simboliza
una bandera que necesita dotarse de una coraza
institucional y penal tan desmesurada? ¿Qué
torna tan grave, como cantaba George Brassens,
el pecado de no “seguir al abanderado”?
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Gerardo Pisarello es profesor de Derecho
Constitucional de la Universidad de Barcelona.
Jaume
Asens es miembro de la Comisión de Defensa
del Colegio de Abogados de Barcelona